Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL, 25 de Abril de 2017, expediente FRO 023065849/2011/CA001

Fecha de Resolución25 de Abril de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL

1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B Civil/Int. Rosario, 25 de abril de 2017.

Visto, en Acuerdo de la Sala “B” el expediente nº FRO 23065849/2011 de entrada, caratulado “COMUNA DE LOS CARDOS c/

Ferrocarriles Argentinos y/u otro s/ Ejecución Fiscal - Varios” (del Juzgado Federal Nº 2 de Rosario), del que resulta que:

Vienen los autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada (fs. 197/198), contra la resolución del 30/03/16, que rechazó la impugnación de planilla en trato, aprobándola en cuanto por derecho hubiere lugar, con costas a la demandada vencida (fs. 196 y vta.).

Concedido el recurso y ordenado traslado de sus fundamentos (fs.

199), fue contestado por la actora (fs. 200 y vta.). Elevadas las actuaciones (fs.

202/204) y radicadas en esta Sala “B”, se dispuso el pase al Acuerdo, encontrándose la causa en estado de ser resuelta (fs. 205/206).

El Dr. Toledo dijo:

  1. ) Se agravia el recurrente de la resolución dictada en el sentido de que confirma una planilla practicada por la actora sin expresar cual es el criterio adoptado para la actualización de la deuda.

    Señala que en oportunidad de promoverse demanda, sea en el escrito y en el certificado de deuda, no se especifica la tasa de interés que resulta aplicable al capital reclamado y mucho menos la norma fundante de la pretensión.

    Agrega que al dictarse sentencia se estableció que se debía pagar “sus intereses y costas del juicio”, sin hacer referencia a tasa alguna y que asimismo, al practicarse planilla se menciona la Ordenanza Tributaria vigente sin indicar número, artículo en cuestión, ni acompañar copia, para de esa forma efectuar un adecuado control.

    Alega por último que la tasa del 2% mensual es excesiva e irrazonable.

  2. ) Mediante resolución nº 41/15 se ordenó mandar llevar adelan-

    te la presente ejecución fiscal contra Ferrocarriles Argentinos y/o Estado Nacional Fecha de firma: 25/04/2017 Firmado por: N.M., Secretaria de Cámara Firmado por: J.G.T., Juez de Cámara Firmado por: EDGARDO BELLO, Juez de Cámara Firmado por: E.V., Juez de Cámara #2943206#177071302#20170425105229172 Argentino, hasta que la actora perciba el íntegro pago del capital, sus intereses punitorios y las costas del juicio. En relación a la aplicación de los intereses compensatorios estimó adecuado utilizar la tasa pasiva promedio mensual del BCRA desde que la suma es debida y hasta su efectivo pago, debiendo al efecto practicar...

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