Aviso Oficial Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas - R.G. Nº 1394 - Contr. Corredores Unidos S.A.

Fecha de disposición09 Febrero 2007
Fecha de publicación09 Febrero 2007
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31092

ANEXO REPRESENTANTES DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (U.P.C.N.) TITULARES: Sra. Karina TRIVISONNO (D.N.I. Nº 18.383.623) Sr. Hugo SPAIRANI (D.N.I. Nº 11.040.902) Sr. Alejandro MASSENZANA (D.N.I. Nº 14.596.691) ALTERNOS: Sr. Diego GUTIERREZ (D.N.I. Nº 20.988.638) Sr. Rodrigo DE ECHEANDIA (D.N.I. Nº 24.445.076) Sr. Juan Carlos MACIEL (D.N.I Nº 5.408.131) e. 9/2 Nº 537.387 v. 9/2/2007 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Nota Externa Nº 8/2007

Gripe Aviar Medidas preventivas Bs. As., 7/2/2007

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12048-1658-2005 del Registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO Que la ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) y otros ámbitos del quehacer científico advierten sobre la posibilidad que se produzca la mutación del Virus de Influenza Aviar, su adaptación a los seres humanos y el potencial contagio de persona a persona.

Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL y CULTO a través de la DIRECCION DE NEGOCIACIONES ECONOMICAS MULTILATERALES (DIREM) pone en conocimiento a esta DIRECCION GENERAL DE ADUANAS el alerta enviado por el Secretario General de la ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS haciendo referencia a dicha amenaza sanitaria relacionada con la propagación del Virus H5N1 (Influenza Aviar), por considerarlo altamente patógeno.

revisten particular interés las aves domésticas y silvestres; las aves de un día;

los huevos fértiles para incubar; el semen de aves domésticas y silvestres; las carnes frescas de aves domésticas y silvestres; los productos avícolas destinados a la alimentación animal o al uso agrícola o industrial y cualquier material aviar que no haya sido sometido a un tratamiento que garantice la destrucción del virus que produce la enfermedad'.

Que por Instrucción General Nº 11/05, esta DIRECCION GENERAL DE ADUANAS instruyó acerca de la aplicación estricta de las Resoluciones SENASA Nº 295/99 y Nº 299/99.

Que es indispensable continuar con acciones mancomunadas de prevención con todos aquellos organismos que hacen a la salvaguarda de la salud pública.

Que resulta prioritario para esta DIRECCION GENERAL DE ADUANAS seguir adoptando medidas de prevención a efectos de minimizar los riesgos potenciales de una pandemia, abordando además la problemática asociada al comercio exterior de mercaderías, en correspondencia con las recomendaciones elaboradas por la ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS a través de mensajes de alerta.

Que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR