Complicidad de las instituciones financieras internacionales en la violación de derechos humanos en el contexto de reformas económicas

AutorJuan Pablo Bohoslavsky
CargoFue Experto Independiente de las Naciones Unidas sobre deuda externa y derechos humanos, entre junio de 2014 y mayo de 2020
Páginas216-274
216 | ARTÍCULOS ACADÉMICOS
Complicidad de las instituciones
financieras internacionales en la
violacion de derechos humanos en
el contexto de reformas económicas
Complicity of international f‌inancial institutions
in Human Rights violations in the context of
economic reforms
Juan Pablo Bohoslavsky
1
Revista Derechos en Acción ISSN 2525-1678/ e-ISSN 2525-1686
Año 6/Nº 18 Verano 2020-2021 (21 diciembre a 20 marzo), 216-274
DOI: https://doi.org/10.24215/25251678e482
Resumen:
Este artícu lo demuestra que la introducción de medidas de
ajuste no contribuye a la recuperación económica sino que, en cambio,
trae aparejadas consecuencias negativas en términos de crecimien to
económico, coeficientes de endeudamien to e igualdad, generando fre-
cuentemente una serie de impactos negativos en materia de derechos
1 El autor fue Experto Independiente de las Naciones Unidas sobre deuda externa y dere-
chos humanos, entre junio de 2014 y mayo de 2020.
El autor desea agradecer a Stephen Connelly, Nicolò Fraccaroli, Rafael Quintero Godínez
y Celine Tan, por sus investigaciones y contribuciones al informe a la Asamblea General
(A / 74/178, 16 de julio de 2019) en el que se basa este artícu lo y al personal de la Oficina
del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) por
el apoyo en la investigación. El autor también desea agradecer a Radhika Balakrishnan,
Giuseppe Bianco, Danny Bradlow, Emma Burgisser, Meghan Campbell, Jernej Letnar
Č
erni
,
Diane Desierto, Alexander Kentikelenis, Vladyslav Lanovoy, Kunibert Raffer, Margot Salomon
e Ingo Venzke por sus opiniones, críticas y preguntas. La versión original de este artícu lo fue
publicada en
Columbia Human Rights Law Review
(2020, Vol. 52:1), a quien se agradece la
autorización para publicar esta versión en español. El autor también agradece a Juan Cruz
Vallefín que tradujo este artícu lo al español. Las opiniones y conclusiones reflejadas en este
artícu lo son únicamente las del autor y de ninguna manera tienen la intención de reflejar las
opiniones de ninguna de las instituciones con las que el autor está afiliado.
ARTÍCULOS ACADÉMICOS | 217
Complicidad de las instituciones financieras...
|
Juan Pablo Bohoslavsky
humanos. Y, por lo tanto, que existe una sólida base legal para sostener
una inconsistencia
prima facie
entre la imposición de políticas de ajuste
en tiempos de recesión y el disfrute de derechos humanos.
Debido a las circunstancias particulares en las que los Estados suelen
encontrarse cuando requieren asistencia de instituciones financieras
internacionales es que estas últimas suelen imponer condiciones que
no necesariamente se han negociado con los Estados prestatarios. La
población de los mismos se encuentra aún menos involucrada que su
gobierno en las consultas, discusiones y negociaciones asociadas. El
extenso alcance de tales condicionalidades, que se ha ampliado conti-
nuamente durante las últimas décadas, permite explicar su penetrante
omnipresencia en cuestiones soberanas cruciales. Estas condicionalida-
des son observables aún en el contexto de la pandemia del COVID-19.
Según los estándares del derecho internacional, las instituciones
financieras internacionales podrían ser consideradas responsables por
la complicidad en la imposición de reformas económicas violatorias
de derechos humanos. El nexo causal entre la asistencia brindada por
las instituciones financieras internacionales (en forma de préstamos,
vigilancia, asistencia técnica y condicionalidades anexas) en la comisión
de un hecho internacionalmente ilícito (complicidad) y el daño causado
(violaciones de derechos humanos) es evidente y se encuentra bien docu-
mentado. Se puede presumir que una institución tiene conocimien to de la
naturaleza ilícita del acto si, incluso cuando se avanza en la implementa-
ción de reformas económicas que normalmente conducen a violaciones
de derechos humanos, no se realiza una evaluación de impacto
ex ante
.
La responsabilidad legal por complicidad genera obligaciones en térmi-
nos de cesación, no repetición y reparación.
Abstract:
This Article demonstrates that the introduction of austerity
measures does not contribute to economic recovery, but instead has
negative consequences in terms of economic growth, debt ratios, and
equality, and routinely results in a series of negative human rights
impacts. There is therefore a solid legal basis to make the case for a
prima facie inconsistency between the imposition of austerity policies
in times of recession and the enjoyment of human rights.
Because of the circumstances in which States usually find themselves
when seeking assistance from international financial institutions, lender
218 | ARTÍCULOS ACADÉMICOS
REDEA. DERECHOS EN ACCIÓN
| Año 6 . Nº 18 | Verano 2020-2021
institutions often impose conditionalities that have not necessarily been
negotiated with borrower States. States’ populations are even less invol-
ved than their governments in the associated consultations, discussions,
or negotiations. The broad scope of such conditionalities, which has
been continuously expanded over recent decades, helps to explain their
pervasiveness and omnipresence in key sovereign businesses. These
conditionalities are even seen in the context of the COVID-19 pandemic.
According to standards of international law, international financial
institutions may be held responsible for complicity in the imposition of
economic reforms that violate human rights. The causal link between the
assistance provided by international financial institutions (in the form of
loans, surveillance and technical assistance, and attached conditionali-
ties) in the commitment of an internationally wrongful act (complicity)
and the harm done (human rights violations) is evident and well docu-
mented. An institution’s knowledge of the wrongful nature of the act can
be presumed if, even when advancing the implementation of economic
reforms that normally lead to human rights violations, no ex ante impact
assessment is undertaken. Legal responsibility for complicity raises
obligations in terms of cessation, non-repetition, and reparation.
Introducción
En el 2017, respondiendo a la falta de guías bajo el derecho
internacional en el campo de la evaluación del impacto de las
reformas económicas sobre los derechos humanos, el Consejo
de Derechos Humanos de la ONU le requitiró a este autor,
como Experto Independiente de la misma entidad sobre Deuda
Externa y Derechos Humanos, que desarrollara principios recto-
res sobre el tópico en cuestión. Como resultado de dos años de
investigación y trabajo en colaboración,
2
los Principios Rectores
2 Un número especial del
International Journal of Human Rights
está dedicado a estudiar las
implicaciones de los
Principios Rectores
en una amplia gama de temas, incluida la recesión
inducida por el COVID-19. Véase Aoife Nolan y Juan Pablo Bohoslavsky, “Human Rights and
Economic Policy Reforms”, 24 (9)
International Journal of Human Rights
, 2020, 1247, 1249-50.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR