Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 13 de Abril de 2021, expediente CAF 006314/2016/CA001

Fecha de Resolución13 de Abril de 2021
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

6314/2016

COMPAÑIA PROCESADORA DE CARNES SA c/ EN - AFIP - DGI

s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Buenos Aires, de abril de 2021.-

Y VISTO:

El recurso extraordinario interpuesto por la parte demandada el 18

de octubre de 2020, replicado por la contraria el 5 de noviembre de ese mismo año, contra la sentencia dictada por este Tribunal el 1° de octubre de 2020, y;

CONSIDERANDO:

  1. Que, mediante la sentencia referida, por mayoría, se resolvió

    admitir parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la parte actora. En consecuencia, se revocó parcialmente la sentencia apelada y se admitió el reintegro del Impuesto del Impuesto al Valor Agregado, que había ingresado el apelante con motivo del desconocimiento de los créditos fiscales generados por las exportaciones realizadas durante los meses de septiembre a diciembre de 2006, enero, mayo, junio y noviembre de 2007 y febrero y marzo de 2008, con sus respectivos intereses; ello, en la medida dispuesta en el considerando II del voto del D.A..

    Para así resolver, se señaló que el juez a quo había prescindido de la valoración de documentación agregada en las actuaciones y de las medidas de prueba concretas producidas en la causa, tendientes a acreditar la existencia y veracidad de las operaciones involucradas. En ese contexto, luego de analizar la situación particular de cada una de las operaciones por las cuales la firma actora había presentado su solicitud de reintegro del Impuesto al Valor Agregado, se concluyó que, en el caso,

    la interesada había producido un principio de prueba demostrativo de la realidad (parcial en algunos casos) de las adquisiciones; y, en consecuencia, se encontraba a cargo del Fisco la demostración de que el precio establecido y, en particular, el Impuesto al Valor Agregado liquidado, no habían sido pagados ni retenidos.

    Fecha de firma: 13/04/2021

    Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.R.C., PROSECRETARIA LETRADA INTERINA

    Finalmente, se impusieron las costas del proceso en el orden causado.

  2. Que la demandada interpuso recurso extraordinario federal el 18 de octubre de 2020, que fue replicado por su contraria el 5 de noviembre de 2020.

    Se agravia por considerar que lo decidido por esta S. se fundó

    en una errónea interpretación y aplicación de normativa aplicable, de...

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