Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 7 de Febrero de 2017, expediente CAF 067727/2015/CA001

Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 67727/2015 COMPAÑIA DE MEDIOS DIGITALES (CMD) SA c/

DNCI s/LEALTAD COMERCIAL - LEY 22802 - ART 22 Buenos Aires, 7 de febrero de 2017.- GC AUTOS Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Por devueltos; hágase saber.

  2. Que el planteo formulado en el acápite III del escrito de fs. 62/74 (“Inconstitucionalidad del segundo párrafo art.

    22 de la ley 22.802”) encuentra adecuada respuesta en los pronunciamientos dictados por esta sala en las causas “Wal Mart Argentina SRL c/ DNCI s/ lealtad comercial ley 22.802”; “Goodtimes Group SA c/ DNCI s/Lealtad Comercial - ley 22802 - art 22”; “INC SA c/ DNCI s/ lealtad Comercial –ley 22802- art. 22” y “La Rural Viñedos y Bodegas SA c/ DNC I- s/ Defensa del Consumidor – Ley 24240art 45”, (del 3 de diciembre de 2015 y del 8 de marzo de 2016), a los que cabe remitir por razones de brevedad; por ello, y lo concordemente dictaminado por el señor fiscal general, se lo rechaza.

  3. En consecuencia, intímese a la parte recurrente para que, dentro del plazo de cinco días contado desde la notificación, dé cumplimiento con el pago de la multa previsto en el artículo 22 de la ley 22.802, bajo apercibimiento de declarar inadmisible el recurso interpuesto en estas actuaciones.

    ASÍ SE

    RESUELVE:

    .

    El Dr. C.M.G. integra esta...

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