Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B, 6 de Agosto de 2021, expediente FRO 022696/2020/CA001
Fecha de Resolución | 6 de Agosto de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B |
1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO-SALA B
Civ./Int.
Visto, en Acuerdo de la Sala “B”, el expediente nº FRO
22696/2020/CA1 caratulado “COMPAÑÍA INDUSTRIAL CERVECERA S.A c/
LISOFE S.R.L s/ Medida cautelar (del Juzgado Federal nº 2 de la ciudad de Santa Fe).
Vinieron las presentes actuaciones a esta Alzada en virtud del recurso de apelación presentado por la demandada, contra la resolución del 28 de octubre de 2020 que hizo lugar a la medida solicitada por CICSA y las apelaciones interpuestas por la actora, contra el decreto del 4 de diciembre de 2020 (efecto de concesión del recurso) y contra la resolución del 17 de febrero de 2121 que hizo lugar al pedido de mejora de contracautela formulado por la demandada modificando la suma dispuesta como caución real en la resolución del 28 de octubre de 2020, estableciendo la suma $ 37.000.000.
Concedidos los recursos y ordenados los traslados, se elevaron los autos a la Alzada. Recibidos en esta Sala “B”, se ordenó el pase al Acuerdo,
quedando la causa en estado de ser resuelta.
El Dr. T. dijo:
-
) Conforme constancias del sistema lex100, la presente causa fue iniciada por COMPAÑIA INDUSTRIAL CERVECERA S.A. (en adelante “CICSA”), a fin de solicitar de conformidad a lo dispuesto por el art. 50 y concordantes del Acuerdo GATT-TRIPS (Ley 24.425), que se dicte una medida cautelar por medio de la cual se ordene a LISOFE S.R.L. y/o a quien se encuentre explotando el “Patio Cervecería Santa Fe” a cesar en el uso de las marcas SANTA FE, PATIO CERVECERIA SANTA FE y en otra que fuera confundible con estas, en cualquier forma en que dicho uso estuviere siendo efectuado. Asimismo se dejó constancia que la medida se iniciaba como precautoria, incidente del futuro juicio de cese de daños y perjuicios y cese de uso definitivo de marcas, a promoverse oportunamente.
En su petición, la actora sostiene que es una de las industrias de mayor importancia para la zona, reconocida en todo el país, titular de muchísimas marcas notorias Fecha de firma: 06/08/2021
Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: E.I.V., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: A.G., SECRETARIA DE CAMARA
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en el rubro de la cerveza, que el público reconoce por su calidad e historia.
En ese sentido, expresa que es titular de la explotación de las marcas “SANTA
FE” y “PATIO CERVECERÍA SANTA FE”, tanto para cervezas (que se clasifican en la clase 32 del N.M. vigente), como para cervecerías, bares, restaurantes,
pubs y todo tipo de establecimientos gastronómicos (clase 43 del nomenclador) . Agrega que siempre estuvieron registradas ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI).
Manifiesta que tiene su eje en la producción de cerveza, pero que siempre tuvo asociado el reconocido “PATIO CERVECERIA SANTA FE” (conocido como “PATIO CERVECERO SANTA FE” o simplemente “EL PATIO”), que es un establecimiento gastronómico donde se expende cerveza SANTA FE junto con otras variedades de cerveza de la empresa y diversos tipos de alimentos.
Sobre el...
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