Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 6 de Junio de 2016, expediente CAF 046577/2015/CA001

Fecha de Resolución 6 de Junio de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 46577/2015 COMPAÑIA ARGENTINA DE MARKETING DIRECTO SA c/ DNC I- s/LEALTAD COMERCIAL - LEY 22802 - ART 22 Buenos Aires, 6 de junio de 2016.- GC AUTOS Y VISTOS:

El escrito presentado por la letrada apoderada de la firma actora, por el que “apela” “por altos” los honorarios regulados a favor de la representación procesal y dirección legal de la parte demandada en el pronunciamiento dictado por esta sala a fs. 362/365; CONSIDERANDO:

  1. Que, dejando de lado que en el escrito no se ha citado norma alguna, debe precisarse que la decisión de fs.

    362/365 no resulta susceptible de ser atacada mediante el recurso de apelación intentado.

    Por ello, se lo desestima. ASI SE RESUELVE:

    .

  2. Que aun cuando pudiera considerárselo como un recurso de reposición, cabe señalar que las decisiones tomadas por la alzada no son susceptibles, como principio, del citado recurso (conf. art. 238 y ccdtes. del código procesal y causas: “I.N.H. y otro c/E-Mº Justicia-PFA-Dto 2744/93 884/08 s/Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg”

    —expte. nº 1.836/09—, pronunciamiento del 29 de marzo de 2012 y “Caja Complementaria Actividad Docente c/ Luchinsky Ruben Fecha de firma: 06/06/2016 Firmado por: DRA. DO PICO - DR. GRECCO - DR. FACIO - , JUECES DE CAMARA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR