COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES

Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2014

El Senado y Cámara de Diputados

de la Nación Argentina

reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1°

— Apruébanse el PROTOCOLO RELATIVO A LA COMISIÓN INTERNACIONAL DE ESTADO CIVIL, suscripto en Berna —CONFEDERACIÓN SUIZA— el 25 de septiembre de 1950, que consta de CUATRO (4) artículos; el PROTOCOLO ADICIONAL AL PROTOCOLO RELATIVO A LA COMISIÓN INTERNACIONAL DE ESTADO CIVIL FIRMADO EN BERNA EL 25 DE SEPTIEMBRE DE 1950, suscripto en Luxemburgo —GRAN DUCADO DE LUXEMBURGO— el 25 de septiembre de 1952, que consta de UN (1) artículo único; el REGLAMENTO DE LA COMISIÓN INTERNACIONAL DE ESTADO CIVIL, adoptado por la Asamblea General de la COMISIÓN INTERNACIONAL DE ESTADO CIVIL el 19 de septiembre de 2001 en Atenas —REPÚBLICA HELÉNICA—, que consta de TREINTA Y DOS (32) artículos y el REGLAMENTO FINANCIERO DE LA COMISIÓN INTERNACIONAL DE ESTADO CIVIL, adoptado por la Asamblea General de la COMISIÓN INTERNACIONAL DE ESTADO CIVIL el 19 de septiembre de 2001 en Atenas — REPÚBLICA HELÉNICA—, que consta de SEIS (6) artículos, cuyas...

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