Comentario Final

AutorLilian del Castillo
Páginas365-370

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A la luz del itinerario seguido a lo largo de esta obra por distintos aspectos de la gestión de los recursos hídricos en la Argentina, podemos enunciar algunas reflexiones que son su natural corolario. Los recursos hídricos del territorio argentino son tímidamente generosos y se presentan en diferentes escenarios, ya sea como aguas superficiales o subterráneas, glaciares o humedales, vertientes a los Océanos Atlántico o Pacífico o sistemas cerrados. Los diferentes climas los encuentran repartidos en forma asimétrica, lo que trae desventajas en algunos aspectos pero también proporciona una gran variedad geográfica que contiene muy diversas riquezas naturales. De acuerdo con las cifras del balance hídrico, los recursos hídricos totales renovables del país, tomando un promedio de diez años, ascienden a 814 km3 anuales, con una precipitación media de 591 mm/año421.

Poseer agua en relativa abundancia es un patrimonio natural que no sólo aporta sus beneficios, sino que genera a la vez el deber de utilizarlo de manera responsable. La posesión y disponibilidad de un bien acarrea la exigencia de administrarlo, es decir, emplearlo eficazmente dentro de un marco institucional Page 366y jurídico apropiado que lo preserve de su deterioro y agotamiento. Los usos del agua, en consecuencia, no son irrestrictos sino que se encuentran regulados en el derecho interno a nivel estatal, provincial y municipal.

El deber básico que impregna el derecho de usar, es realizarlo dentro del sistema jurídico que establece los principios aplicables, con las limitaciones que establecen las normas correspondientes. En efecto, ninguna actividad puede realizarse legibus solutus, es decir, exenta de regulación jurídica en el ámbito interno y en el internacional. La obligación primaria de quien utiliza es no producir perjuicio a los usos de otros usuarios, presentes o potenciales.

En los cuerpos de agua que se extienden en el territorio de más de un Estado, las normas del derecho internacional son las que recogen los principios aplicables, que se deducen del derecho esencial de usar y no perjudicar, derecho y deber genuinamente unidos que son parte de un mismo principio. Dicho principio se instrumenta mediante el intercambio y publicidad de los datos que se posean y mediante la información y consulta sobre los futuros proyectos que afecten los usos del cuerpo de agua.

Los usos tienen efectos tanto sobre la cantidad como sobre la calidad del agua y ambas facetas son igualmente relevantes. Gran parte de las regulaciones existentes para la administración del agua se refieren a las medidas a adoptar para preservar su calidad. Se puede observar que en la...

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