Comentario al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictado en el caso 'Batista' referido a los alcances de los recaudos del segundo párrafo del art. 30 LCT

AutorRicardo Arturo Foglia
Páginas665-668
1. Plante o de la cuestión
En el fallo “Ba tista, Her aldo Anton io y
otro c. Parrucci Graciela y otros s/ despido”
(CS JN 9/3 /2011 , T ySS, ’11-51 3), la Corte
Suprema de Justici a de la Nación, haciendo
suyo el d ictamen de la Procu radora Fiscal,
analiza dos aspectos que hacen a la proc eden-
cia de la instancia ex traordinaria, uno de los
cuales se ref‌iere a l art. 30 LCT, y que se
objeto del presente comentario (1).
Por otra part e, y siguiendo una tradicional
doctrina del Tr ibunal, reitera el criter io que
las cuestiones de hecho y prueba (en el caso
referid as a la condición de v iajante y a las
(1) Sobre el r ecurso extraordina rio en general
puede ver se a eLí a s P. Gu a s t a V i n o en Recurso ex-
traordinario de inconstitucion alidad, Ed. Ediciones
La Roca, año 199 2.
horas extras) son insusceptibles de producir
la aper tura del remed io federal (2).
También señ ala, cont inuand o una idea
reiterada desde antiguo, que la falta de consi-
deración de elementos probatorios decisivos por
parte del sentenciante (en el caso carencia de
aportes del empleador, el art. 132 bis, presta-
ción de servicios y el art. 23 LCT) y la prescin-
dencia del texto legal (en el caso de los requi-
sitos del segundo pár rafo del ar t. 30 LC T), por
el contra rio, habilitan dicho recurso (3).
(2) Fa llos 21 3:18 7; 214: 91; 220 :1410 ent re
muchos otros.
(3) Re spec to de la pri mer cues tión: CS JN,
13/6 /1967, Cavica c. Suarez s/ desalojo”; 29/2/196 8
Rivas, Carlos c. Federación Médica de la Capital
LL 17/6/19 68, fallo 60.210, T. 130 p. 591; 21/7/1967
Vitale c. Rhodiaseta”, DT 967- 601. En cuanto al
segundo tema CSJN, 31/10/1969, “Hidalgo, José F.
y otros c. Sociedad Comercial Colectiva Oliva y Cía.
Comentario al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la
Nación dictado en el caso “Batista” referido a los alcances de
los recaudos del segundo párrafo del art. 30 LCT
Por Ricardo Arturo Foglia
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