Aviso Oficial Impuesto Sobre los Combustibles Liquidos y elGas Natural R.G.Nº1555.

Fecha de disposición07 Noviembre 2007
Fecha de publicación07 Noviembre 2007
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31276

Que de la inspección realizada se pudo verificar inconsistencia entre la información suministrada por PUENTE HNOS. SGR a laAutoridad deAplicación al día 30 de septiembre de 2006,Anexo IV del Régimen Informativo según la Resolución Nº 205 de fecha 21 de junio de 2002 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCION, con los registros propios de la base de datos de dicha Sociedad de Garantía Recíproca.

Que PUENTE HNOS. SGR ha informado saldos de garantías vigentes a cada fin de mes, en lugar de promedios como indica la norma citada en el considerando precedente y, además, los saldos a fin de mes que surgen de sus registros no coinciden con las garantías informadas, deficiencia que no ha sido resuelta y oportunamente será informada a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que se ha constatado que PUENTE HNOS. SGR asiste con garantías a socios partícipes que tienen por objeto el otorgamiento de préstamos, a pesar de que en su Estatuto Social, presentado al momento de solicitar la correspondiente autorización a funcionar, el cual fue aprobado por la Autoridad de Aplicación, hacían exclusión de cualquier actividad vinculada con la intermediación financiera, en cuyo caso no tiene ningún sentido favorecer con beneficios impositivos la captación de recursos vía créditos para que luego sean re-prestados a sus clientes, mientras que la actividad financiera supervisada por el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, no goza de tales beneficios.

Que si bien PUENTE HNOS. SGR formula al respecto una extensa presentación, en la cual abunda en interpretaciones sobre, su propio Estatuto Social, la Ley Nº 21.526 de Entidades Financieras, doctrina, descripciones de diccionarios especializados en temas económicos y jurisprudencia al respecto, la misma no logra conmover los fundamentos de la observación.

Que en ese mismo sentido resulta demostrativo del inadecuado manejo institucional que realiza PUENTE HNOS. SGR, la forma de llevar sus libros de Actas, el modo en que el Consejo de Administración designó a los Síndicos Suplentes, la designación de los Consejeros Suplentes a socios protectores y partícipes respectivamente, sumado a ello la pérdida del Libro de Accionistas.

Que de todos los incumplimientos señalados y analizados con anterioridad, PUENTE HNOS.

SGR procede a formular una serie de explicaciones sin modificar conductas ni aportar documentación alguna que pueda revertir los incumplimientos a la normativa vigente.

Que el informe elaborado por la Dirección Nacional de Asistencia Financiera para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas recomienda a partir de los incumplimientos detectados a la Sociedad, proceder a la revocación de la...

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