Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 24 de Agosto de 2016, expediente CNT 033001/2011/CA001

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X 33001/2011 COMAN SEGUNDO ALEJANDRO c/ MERCOPEL RECYCLING S.A. s/DESPIDO CABA, 24 de agosto de 2016.- SD El DR. DANIEL E. STORTINI dijo:

  1. ) Vienen estos autos a la alzada a propósito de los agravios que contra el pronunciamiento de fs. 672/677 (y su aclaratoria de fs. 678) interpusieron las partes a tenor de los memoriales obrantes a fs. 679/681 (demandada) y fs. 690/692vta. (actor), los cuales merecieron las respectivas réplicas (fs. 694/701vta. y fs. 702/703vta.). Asimismo existen apelaciones por los honorarios regulados a los profesionales intervinientes (fs. 680, último párrafo; fs. 682 y fs. 692vta., sexto agravio).

  2. ) En primer término se agravia el actor por cuanto la señora juez que me ha precedido rechazó en lo sustancial la demanda al considerar injustificado el despido (indirecto) del caso. Sostiene el apelante que la decisión “a quo” respondió a una incorrecta valoración de la prueba –en particular la testimonial- la cual a su criterio da certeza en cuanto a la existencia de horas extras sin abonar, como así también que parte de su salario se encontraba sin registrar.

    Adelanto que los términos de los agravios y el análisis de los elementos de juicio obrantes en el pleito no posibilitan modificar lo resuelto en primera instancia.

    M.R. (fs. 240/241) dijo ser compañero de trabajo del actor y que laboró para la aquí demandada desde principios de 2007 hasta fines de 2008.

    Declaró que no sabe cuánto ganaba el actor “en blanco, pero ‘en negro’ le pagaban $ 300 por quincena. Le consta el pago porque lo veía cuando entraban a la oficina enfrente del depósito y le pagaban…”. Sin embargo, y como bien reconoció el propio testigo, trabajó junto con el actor sólo hasta el año 2008, esto es, casi 3 años antes de que se considerase despedido, por lo que en esas condiciones –más allá de otras consideraciones- sus dichos resultan insuficientes a fin de acreditar que efectivamente existieron pagos sin registrar durante los último años de relación laboral de Coman en la empresa.

    Idéntica conclusión corresponde respecto del testimonio de W.M. (fs. 243), quien afirmó que al actor le pagaban “…alrededor de $ 300 mediante un Fecha de firma: 24/08/2016 Firmado por: E.R.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA #20340556#160297400#20160824125848738 papel que le daban en una oficina…le pagaban ‘en negro’…”. Pero al principio de su declaración el testigo asertó que fue compañero de trabajo de C. y que renunció entre los años 1998 y 1999, lo que le resta entidad probatoria a los fines pretendidos por el apelante.

    Asimismo aparece poco razonable –como bien afirma la señora juez que me precede- que durante casi 13 años y hasta el cese el actor haya percibido el mismo importe de $ 300 sin registrar, circunstancia que también le quita entidad suasoria a esta parte de sus afirmaciones (art. 90 L.O.).

    El restante declarante –J.D., fs. 244- manifestó que al actor le pagaban de modo normal, con recibo de sueldo y que cobraba $ 1.500 por quincena. Al ser preguntado si percibía algún otro importe, respondió que “a veces había alguna bonificación, cree que era de $ 300”, pero luego se contradijo y dijo que “no sabe en concepto de qué le pagaban al actor esos $ 300, cree que le daban un...

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