Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 22 de Abril de 2016, expediente COM 014041367/1983

Fecha de Resolución22 de Abril de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL SALA B 14041367/1983 - COLVA S.A.I.C. s/QUIEBRA Juzgado N° 4 Secretaría N° 14 Buenos Aires, 22 de abril de 2016.

Y VISTOS:

  1. Es criterio de esta Sala respetar las proporciones y porcentajes aplicados en anteriores distribuciones de fondos realizadas en el proceso, ello salvo situaciones de excepción que ameriten una solución contraria (CNCom. esta S., in re "Aceros Bragado S.A. s/ quiebra s/

    incidente de distribución de fondos (sexta)" del 26.09.08) que no acontecen en la especie.

  2. Por ello, y en atención a la índole, calidad y extensión de los trabajos, se confirman en seis mil novecientos treinta y cinco pesos ($

    6.935) los honorarios del síndico H.R.P. y en seiscientos sesenta pesos ($ 660) los de su letrada patrocinante G.O.M. (arts. 218, 257, 265 inc. 4, 267 y 272 de la ley 24.522).

    Se deja constancia que se consideró como base regulatoria el monto que surge del informe obrante a fs. 1540/1 y 1549.

    P. a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, conforme lo dispuesto en el art. 4 de la Acordada 15/13. Cumplido, devuélvase encomendándose al Sr. Juez a quo las notificaciones. La señora Juez de...

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