COLEGIO PÚBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL TRIBUNAL DE DISCIPLINA SECRETARÍA GENERAL

Fecha de la disposición14 de Enero de 2015

El Senado y Cámara de Diputados

de la Nación Argentina

reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1°

— Apruébase el Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso, adoptado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, por Conferencia Diplomática, el 27 de junio de 2013, cuya copia autenticada forma parte de la presente ley.

ARTÍCULO 2°

— Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRES DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

— REGISTRADA BAJO EL Nº 27.061 —

AMADO BOUDOU...

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