Colegio de Agrimensura

RESOLUCIÓN Nº1029/2011Mendoza, 30 de Diciembre del 2011.-Visto:Lo dispuesto por el artículo 32 inciso a) de la Ley de Colegiación Nº 5272; y las Resoluciones de Consejo Directivo Nº 129/89, 796/02 y;Considerando:Que en materia de recursos económicos destinados al sostenimiento del Colegio de Agrimensura de la Provincia de Mendoza, la Ley de Colegiación Nº 5272, en su artículo 32 inciso a), subsistente luego de la reforma de la ley 5908, establece que «El Colegio tendrá como recursos: a) los derechos de inscripción en la matrícula y la cuota anual; (…) «; y, concordantemente, la Resolución de Consejo Directivo Nº 129/89 en su artículo 2º establece el Derecho Anual de Ejercicio Profesional ( D.A.E.P), pagadero al mismo tiempo de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 4º inciso d) de la misma Ley de Colegiación; cuyo cumplimiento se encuentra actualmente regulado por la misma Resolución C.D Nº 796/02.-Que a la fecha resulta necesario determinar y actualizar los importes y formas de pago de los derechos de Inscripción en la Matrícula y Anual de Ejercicio Profesional, previstos en los artículos 32 inciso 2) de la Ley de Colegiación, en los términos de los artículos 3º, 4º y 5º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 796/02, con vigencia para el Período Calendario 2012.-Que en Reunión Ordinaria de Consejo Directivo N º 592, de fecha 23/12/2011, se aprobó el dictado de la presente reglamentación;Por ello y en uso de sus atribuciones:El Consejo Directivo del Colegio de Agrimensurade la Provincia de MendozaResuelve:Articulo 1º.- Fijar el importe correspondiente al Derecho de inscripción en el Registro de Profesionales de la Agrimensura para el año 2012, en las siguientes sumas:a) pesos mil trescientos ($ 1300), para aquellos profesionales que acrediten tener...

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