Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 21 de Noviembre de 2017, expediente CAF 038946/2017/CA001

Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-

SALA I Causa nº 38946/2017, “COLECCTION SRL (TF 32281-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO”

Buenos Aires, de de 2017.-

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que la Sala “F” del Tribunal Fiscal de la Nación revocó la resolución nº 4916/2012 (DE PRLA) que había condenado a la firma Colecction SRL a abonar la suma de u$s 98.453,98.- más intereses, en concepto de diferencias tributarias.

    Para decidir de ese modo, sostuvo que:

    (i) la firma Colecction SRL importó para consumo mercadería ubicada en la posición arancelaria 5801.22.00 procedente de Brasil, mediante el despacho nº 05 001 IC05 003996 U. El vendedor de esa operación fue la empresa AREF TEXTIL LTDA y se encontraba amparada por el certificado de origen ME SP001336/05.

    (ii) el único fundamento del cargo aduanero fue la resolución nº159/05 (SICyPyME) que se originó en una investigación tendiente a determinar el carácter originario de los productos clasificados en la posición arancelaria (N.C.M.) 5801.22.00, exportados por AREF TEXTIL LTDA, de la República Federativa del Brasil.

    (iii) a raíz de ello, el servicio aduanero consideró que el certificado de origen presentado para el DI 05 001 IC05 003996 U, no cumplía con las condiciones para considerar a la mercadería como originaria del MERCOSUR y, por lo tanto, suspendió el tratamiento arancelario preferencial y le aplicó el arancel extrazona.

    (iv) en la causa “LADESAL S.A. y OTROS s/ IN. Ley 22.415”, el Juzgado Nacional en lo Penal Económico nº 2 decretó el sobreseimiento del Sr. H.F., representante legal de la firma recurrente.

    Fecha de firma: 21/11/2017 Alta en sistema: 23/11/2017 Firmado por: DRA. DO PICO - DR. GRECCO - DR. FACIO - , JUECES DE CAMARA - SEC. H.G. #30034520#192177368#20171113095732292 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-

    SALA I Causa nº 38946/2017, “COLECCTION SRL (TF 32281-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO”

    El magistrado consideró contundente la respuesta de la Federación de Asociaciones Comerciales del Estado de San Pablo que confirmó

    haber emitido los certificados cuestionados.

    (v) la contestación de las autoridades brasileras dan cuenta de que el certificado de origen ME SP001336/05, correspondiente a la factura comercial nº 0005/2005, fue emitido para los productos exportados por la empresa AREF TEXTIL S.R.L.

    (vi) de las constancias probatorias y de la sentencia del fuero en lo penal económico surge que el certificado de origen es auténtico y cumple con los requisitos del Acuerdo de Complementación Económica nº 18.

  2. Que contra ese pronunciamiento la AFIP-DGA interpuso recurso de apelación (fs. 228) y expresó agravios (fs. 242/244), que fueron replicados (fs. 251/261).

    En lo sustancial, sostuvo que:

    (i) si bien el certificado de origen era formalmente válido, mediante la resolución nº 159/05 (SICyPyME) se determinó que las mercaderías exportadas a nuestro país clasificadas en la posición arancelaria N.C.M. 5801.22.00 por la firma AREF TEXTIL LTDA de Brasil, no cumplían con el régimen de origen MERCOSUR y se ordenó

    formular los cargos correspondientes.

    (ii) el tribunal a quo no advirtió que la resolución nº 159/05 “no sólo ordenó a la Aduana dejar sin tratamiento arancelario intrazona a la mercadería importada mediante la destinación Nº 05 001 IC05 003996 U y realizar el cargo correspondiente por los tributos dejados de percibir, sino que también da los fundamentos por los cuales el certificado de origen MERCOSUR aportado aunque se encuentre desde lo formal Fecha de firma: 21/11/2017 Alta en sistema: 23/11/2017 Firmado por: DRA. DO PICO - DR. GRECCO - DR. FACIO - , JUECES DE CAMARA - SEC. H.G. #30034520#192177368#20171113095732292 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-

    SALA I Causa nº 38946/2017, “COLECCTION SRL (TF 32281-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO”

    válidamente emitido, al haberse realizado un proceso de investigación de origen en el cual se determinó que el proceso productivo no cumple los requisitos para considerar la mercadería en cuestión originaria del MERCOSUR”.

    (iii) la actora no probó que la mercadería cumplía con el proceso productivo necesario para ser considerada originaria del MERCOSUR.

    (iv) el artículo 34 de la Decisión CMC 1/2004 “le quita el carácter de absoluto al cumplimiento de los requisitos formales de un certificado de origen para considerar a una mercadería originaria si después de un proceso de investigación de origen que es posterior se determina que no se cumple, como en este caso, con el proceso productivo para considerar originaria a dicha mercadería”.

  3. Que, por otra parte, a fs. 226 y vta., se regularon los honorarios de los letrados de la actora, los que fueron apelados por bajos y altos (fs. 233/237 y 239/240, respectivamente).

  4. Que, en virtud de los agravios, resulta necesario examinar las constancias de la causa y las actuaciones administrativas acompañadas (nº 13806-472-2007).

    De ellas se desprende que:

    (i) mediante el DI nº 05 001 IC05 003996 U, oficializado el 7 de febrero de 2005, la firma Colecction SRL documentó la importación a consumo de mercadería ubicada en la posición arancelaria SIM/DC 5801.22.00.100X, originaria de Brasil y cuyo vendedor era Aref Textil Ltda. Con el certificado de origen nº ME SP 001336/05, expedido por la Federación de Asociaciones Comerciales del Estado de San Pablo, el 31 de enero de 2005 (fs. 4 del expediente administrativo).

    Fecha de firma: 21/11/2017 Alta en sistema: 23/11/2017 Firmado por: DRA. DO PICO - DR. GRECCO - DR. FACIO - , JUECES DE CAMARA - SEC. H.G. #30034520#192177368#20171113095732292 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-

    SALA I Causa nº 38946/2017, “COLECCTION SRL (TF 32281-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO”

    (ii) el 29 de julio de 2005, el Secretario de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa ante fundadas dudas, “… decidió la apertura de un proceso de investigación tendiente a determinar el carácter originario de los productos clasificados en la posición...

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