Partido Coalicion Civica Afirmacion Para Una Republica Igualitaria - Ari - Distrito Provincia de Río Negro

Fecha de publicación24 Agosto 2010
Fecha de disposición24 Agosto 2010
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31971

Martes 24 de agosto de 2010 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.971 21

Buenos Aires, 13 de agosto de 2010.

Guillermo GarcÃa González, secretario.

  1. 24/08/2010 N'º95755/10 v. 25/08/2010 JUZGADO NACIONAL DELTRABAJO NRO. 7

    SECRETARIA UNICA Juzgado Nacional de 1ra Inst. del Trabajo N'º7, interinamente a cargo de la Dra. Ana Alejandra Barilaro, SecretarÃa Unica a cargo de la Dra. Eva Mabel Zubata, sito en Av. Diag. Roque Sáenz Peña 760, Piso 2'º de esta Ciudad, comunica por un dÃa en autos “González Raúl Mario y Otros c/El Contenedor SRL y Otros s/Despido”, (Causa 3982/02), que el martillero Fernando R. Barbotto, CUIT 2017299216-2, subastara el dÃa 1 de septiembre de 2010 a las 11,45 hs. en la “Dirección de Subastas Judiciales” calle Jean Jaures 545 CABA, el bien sito en Luzuriaga 823 esquina Suárez, Barrio de “Barracas” CABA.- N.C: C.3; S.18; M.13; Parc. 1a; MatrÃcula 3-4961. Se trata de un lote de terreno irregular de 8 lados con una superficie de 1.458,33 mts2, con 22,34m de frente por Luzuriara 6,60m ochava y 10,95m por Suarez; 2do. Testimonio a Fs.575/79.

    Ocupado por Patricia Turrilla dos hijos menores de edad, y su suegra MarÃa Maidana en carácter de cuidadora de los camiones que guardan eventualmente vecinos del lugar. El bien se encuentra ubicado a 1 cuadra de Av. Velez Sarfiel al 700, a 12 cuadras de de Constitución; zona de influencia de las terminales de carga de los Ferrocarriles “Roca” y “Belgrano Sur”, depósitos varios y transportes;

    Zona: E-3 Condiciones de Venta: Al Contado y Mejor Postor; Base $176.917,98; Seña 30%; Comisión 3%; Arancel CSJN 0,25%; Sellado de Ley. Todo en dinero efectivo en el acto de la subasta. Adeuda.:

    Rentas Pda. 0118483 $43.373,46 (Fs.592); Aguas Arg. Cta. 1055957 $27.630,54 (Fs.600); OSN Sin Deuda (Fs.605); De existir deudas, las mismas serán deducidas del saldo de precio, y de quedar algún saldo insoluto, a excepción de deudas por expensas, resulta de aplicación lo dispuesto en el fallo plenario de la C.N.Civ., febrero 18-1999, in re “Servicios Eficientes SA c/Yabra, Roberto s/Ejec. hip”. El bien se exhibirá los dÃas 30 y 31 de agosto de 10 a 13hs.El comprador deberá constituir domicilio dentro de Capital Federal, bajo apercib. de que las sucesivas providencias se le notifiquen por ministerio de la ley.

    Más información en autos por Secretaria o la Sr.

    martillero (Tel. 15 49931610).

    Buenos Aires, 13 de agosto de 2010.

    Eva Mabel Zubata, secretaria.

  2. 24/08/2010 N'º95836/10 v. 24/08/2010 4. Partidos PolÃticos NUEVOS PARTIDO COALICION CIVICA AFIRMACION PARA UNA REPUBLICA IGUALITARIA - ARI Distrito Provincia de RÃo Negro El Juzgado Federal con competencia electoral de RÃo Negro, hace saber que en los autos recaratulados: “Coalición CÃvica Afirmación para una República Igualitaria - ARI s/sol.de reconocimiento”, que tramitan por el expediente N'° 20/2002, se ha dictado la siguiente Resolución N'° 23 :

    Resuelvo: I) Aprobar en general las reformas efectuadas a la Carta Orgánica del partido Coalición CÃvica Afirmación para una República Igualitaria (ARI) por la Asamblea Provincial Ordinaria reunida el 23-05-2010 en los términos del art. 109 de la ley 26.571. II) Observar por las consideraciones vertidas en la presente, los arts. 29 incs. J) y L), 70, 76 y 82 bis) y en su consecuencia estar a su respecto a lo normado en los arts. 20 y 27 de la Ley 26215 y al régimen de orden público la Ley 26571, TÃtulo II,

    Primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias,

    CapÃtulos I a VI (arts. 18 a 46) de acuerdo a lo establecido por el art. 29 de la Ley 23298 (con la modificación introducida por la Ley 26571) y por imperio de lo dispuesto por el art. 109 precitado.

    III) Ordenar la publicación en el BoletÃn Oficial de la Nación por un (1) dÃa de la presente y del texto ordenado de la Carta Orgánica del partido Coalición CÃvica Afirmación para una República Igualitaria (ARI) glosado a fs. 2893/2923. A tal fin lÃbrese oficio. IV) Dar por incumplido el requerimiento efectuado a fs. 2682 cuarto párrafo, e intimar a la citada agrupación polÃtica a presentar su Declaración de Principios y Bases de Acción PolÃtica obrantes a fs.1/5 de autos adecuadas a la nueva denominación, en el plazo de 10 (diez) dÃas hábiles, adjuntando fotocopia certificada de la resolución dictada a tal efecto por el órgano partidario competente (Asamblea Provincial conf.

    art. 25 inc. I de la C.O.). V) RegÃstrese, notifÃquese personalmente o por cédula al partido de autos y al Ministerio Público Fiscal en su despacho, actualÃcese el legajo partidario y comunÃquese en los términos de lo establecido por el artÃculo 6to. inc. b) del Decreto Nacional N'° 937/2010 a la Excma. Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional Electoral.”- Fdo. Mirta Susana Filipuzzi - Juez Federal con competencia electoral Distrito RÃo Negro.

    SecretarÃa Electoral Nacional, 10 de agosto de 2010.

    MarÃa Silvina Gutiérrez, Prosecretaria Electoral Nacional.

    CARTA ORGÁNICA PARTIDO COALICIÓN CÍVICA – AFIRMACIÓN PARA UNA REPUBLICA IGUALITARIA (CC- ARI) Distrito RÃo Negro CapÃtulo I: Del Partido CÃvico PolÃtico ArtÃculo 1) El partido Coalición CÃvica - Afirmación para una República Igualitaria, es una asociación voluntaria de mujeres y hombres procedentes de distintas corrientes polÃticas y culturales que hunden sus raÃces en la rica historia de las luchas populares de nuestro paÃs, y que coinciden en el objetivo de alcanzar una plena democratización del Estado y la sociedad, en base a la igualdad de derechos y la justa distribución de la riqueza entre los ciudadanos cuyos propósitos están definidos en su Declaración de Principios y Programa ArtÃculo 2) El partido Coalición CÃvica - Afirmación para una República Igualitaria realiza sus actividades a través de métodos democráticos y legales, y se distingue tanto por su nombre como por los lemas y emblemas que se definan en el orden provincial sin menoscabo del empleo o uso de lemas y emblemas del orden nacional. La sigla partidaria rezará el texto “Coalición CÃvica - ARI”.

    ArtÃculo 3) El domicilio legal se fija en la calle Urquiza N'° 456 de la Ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de RÃo Negro.

    ArtÃculo 4) Las reglas democráticas de la vida interna del Partido se basan en los siguientes criterios:

    A) Derechos y obligaciones iguales para todas las personas afiliadas.

    B) Todas las instancias de gobierno serán de carácter colegiado, excepto las presidencias, vicepresidencias y secretarÃas de las Direcciones Municipales, de la Dirección Provincial, del Consejo Provincial de Contralor Patrimonial, de la Comisión de Ética Provincial y del Servicio Electoral Provincial. Todas las decisiones se adoptarán por mayorÃa de votos, salvo en los casos especificados en esta Carta Orgánica.

    C) Respeto a la disidencia y reconocimiento de los derechos de las minorÃas.

    D) Al integrar sus órganos de gobierno y al postular personas para candidaturas plurinominales, el partido garantizará que ningún género cuente con una representación mayor al 60%.

    E) Participación de los jóvenes menores de 30 años con el 20%, por lo menos, en la integración de los órganos de representación y gobierno del Partido.

    F) Rendimiento periódico de cuentas y manejo debido, eficaz y transparente de las finanzas.

    G) Revocación del mandato cuando las/os afiliadas/os incumplan sus funciones y responsabilidades.

    H) En el Partido, nadie podrá ser excluido o discriminado por motivo de género, pertenencia étnica, preferencia sexual, creencias religiosas o la carencia de ellas, estado civil, condición económica, social o cultural, lugar de residencia u origen, o por cualquier otro de carácter semejante.

    I) Los organismos inferiores se encuentran supeditados a las decisiones de los organismos superiores en los términos y bajo las condiciones y procedimientos señalados en la presente.

    CapÃtulo II: De las Personas Afiliadas y el Padrón de Afiliadas/os ArtÃculo 5) Toda ciudadana/o mayor de 18 años que acepte la plena vigencia de esta Carta Orgánica, los documentos básicos y las resoluciones de los órganos partidarios, y manifieste su acuerdo con los principios éticos, polÃticos y programáticos del partido Coalición CÃvica - Afirmación para una República Igualitaria, tiene derecho a afiliarse al mismo, y esa persona será admitida por el Servicio Electoral Provincial, o a la falta de éste por la Dirección Provincial, conforme a las disposiciones de esta Carta Orgánica y las establecidas legalmente.

    Toda persona extranjera que habite el territorio de la Provincia de RÃo Negro y simpatice con los principios éticos, polÃticos y programáticos del partido Coalición CÃvica - Afirmación para una República Igualitaria, podrá inscribirse en un registro interno de simpatizantes que a tal fin abrirá cada Dirección Municipal.

    ArtÃculo 6) Se suprime.

    ArtÃculo 7): El Partido garantiza el derecho de afiliación de acuerdo al siguiente proceso:

  3. La solicitud de afiliación será presentada personalmente por la persona interesada ante la Dirección Municipal, en la sede partidaria que corresponda de acuerdo al último domicilio registrado por la/el interesada/o en su documento de identidad o ante la Dirección Provincial o el Servicio Electoral Provincial, en caso de inexistencia de autoridades municipales constituidas.

  4. Dicha solicitud constará de una ficha por cuatriplicado, que contenga los datos cÃvicos y personales y todo otro requerido legalmente. Los ejemplares de tales fichas serán firmados por la persona interesada ante la autoridad partidaria presente y certificados por dicha autoridad. Una (1) de esas fichas quedará en poder de la Comisión Local del Servicio Electoral y las otras tres (3) fichas serán enviadas al Servicio Electoral Provincial, único órgano partidario encargado de remitirlas a la Justicia Federal con Competencia Electoral Distrito RÃo Negro, en un plazo no mayor a...

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