Coafi S.A. C/ List Sandra Melisa S/ Ord

Fecha de disposición07 Diciembre 2007
Fecha de publicación07 Diciembre 2007
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31298

221/7 $ 3.919,30 al 30/6/05. OSBA: a fs. 213 libre de deudaporapercibimientoart.398CPCC.Azurix:314/ 6 $ 1.098,57 al 13/11/07.ABSA: a fs. 313 sin deudas al 14/11/07. Municipalidad: a fs. 140/8 $ 1.164,79 al 21/4/03.BASE:$42.000SEÑA:30%COMISION:3% ARANCEL 0,25% (Ac. 10/99 CSJN) SELLADO LEY 1%. La venta se realiza al contado y al mejor postor.

El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio del Juzgado bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art. 133 CPCC. Atento lo resuelto por la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones del fuero en fallo Plenario 'Servicios Eficientes S.A. c/ Yabra, Roberto Isaac s/Ejecución Hipotecaria' no corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registra el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones, devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcanza para solventarlas', sin perjuicio que 'no cabe solución análoga respecto de las expensas comunes para el caso que el inmueble se halle sujeto al régimen de la ley 13.512'. No procede la compra en comisión.VISITAS:días11y12deDiciembrede14:00hs a16:00hs.

Buenos Aires, 6 de Diciembre de 2007.

Irene Carolina Espeche, secretaria.

e. 07/12/2007 N° 75.073 v. 10/12/2007 JUZGADOS NACIONALES EN LO COMERCIAL N° 9

EDICTO: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 9, Secretaría Nº 18, M. T. de Alvear1840,piso4º,C.A.B.A.;comunica:porcincodías en autos 'INDIA CIA. DE SEG. GRALES. (CUIT 30.50005178-3)s/LIQUIDACIONJUDICIALS/INCIDENTE DE VENTA DEL INMUEBLE (SITO EN LA LOCALIDAD DE MORON)', exp. 80866, que el Martillero Mario Guillermo Rawson, CUIT 20.044399998, (tel. 4812-0912/4813-0730) rematará el día 20 de diciembre de 2007, a las 11.45 en punto, enTte. Gral.

Juan D. Perón 1233 de esta Ciudad, 'ad-corpus' y desocupado,elINMUEBLEdepropiedaddelafallida ubicado en la calle Sucre 296 y Nuestra Señora del Buen Viaje Localidad de Morón, Provincia de Buenos Aires, Matrícula Nº 3052. Nom. Cat: Circ. I, Secc. E,

Manzana307,Parcela26.-Elbienseenajenaráenel estado en que se encuentra y habiéndoselo exhibido adecuadamente no se admitirán reclamos de ningún tipo.SetratadeunedificioconcuatrolocalesenPlanta Bajaydospisosaltosparaoficinas.-BASE$ 266.700, al contado y mejor postor, seña 30%, comisión 3% mas IVA, sellado 1%, arancel 0,25%. El saldo de precio deberá ingresarse en el Banco de la Ciudad de BuenosAires, Sucursal Tribunales, a la orden del Tribunalenlacuentadeautos,dentrodelplazodecinco días de aprobado el remate sin necesidad de notificaciónalosadquirentesnirequerimientoprevioybajo apercibimiento de declararlos postores remisos (art.

584 Cód. Proc.). En caso de adeudarse expensas, tasas,impuestosocontribuciones,lasquecorrespondan al período anterior al decreto falencial deberán ser objeto de petición verificatoria; los impuestos inherentesalperíodocomprendidoentreladeclaración de quiebra y las fechas de entrega de posesión serán reconocidas como acreencias del concurso y serán solventadas con la preferencia que corresponda; y, las devengadas con posterioridad a la toma de posesión estarán a cargo de los adquirentes. Prohibida la compra en comisión y la cesión del boleto de compraventa. La posesión se cumplirá dentro de los diez díassiguientesdeacreditadalaefectivizacióndelsaldo de precio. En cuanto a la transmisión, dispónese que el eventual adquirente podrá proceder a efectuar la inscripción del inmueble a su favor por testimonio dentro de los treinta días siguientes de acreditada la efectivización del saldo de precio. En consecuencia, la escrituración sólo se cumplirá de ser requerida por el adquirente (doctr. Cód. Proc. arts. 582 y 586) por el escribano que el mismo proponga, en tanto venta al contado, o por el escribano que oportunamente y determinaráelTribunalparaelcasoquenolodesigneel adquirente en el plazo indicado en el párrafo precedente. En cuanto a los gastos que la transferencia del inmueble irrogue cualquiera sea la modalidad que se adopte, aclárase que los mismos deberán ser soportados exclusivamente por el...

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