Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 8 de Noviembre de 2016, expediente CAF 059288/2014/CA001

Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V Expte. Nº 59288/2014/CA1 “CNRT c/ TRANSPORTE PAEZ HERMANOS SRL s/ PROCESO DE EJECUCION”

Buenos Aires, de noviembre de 2016.- JMC VISTOS, CONSIDERANDO:

  1. Que fojas 122 la jueza de grado ordenó correr un nuevo traslado por el término de 5 días del escrito de inicio junto con la Resolución CNRT Nº 60/11 la cual se había omitido acompañar al momento de diligenciar el mandamiento de intimación de pago obrante a fojas 81/83.

  2. Que contra dicha resolución, a fojas 125/132 la parte demandada interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio y expresó agravios, los cuales fueron contestados por su contraria mediante el escrito que luce agregado a fojas 136/148.

    En su memorial, la demandada se agravia al sostener que al otorgarle a la actora la posibilidad de correr un nuevo traslado de la demanda se vulneraría la garantía del debido proceso y el principio procesal de preclusión toda vez que al momento de practicar el primer traslado la parte actora no acreditó fehacientemente su carácter.

  3. Que sentado ello, corresponde ingresar al análisis de las constancias de autos a fin de dilucidar cuestión planteada.

    Así, de las constancias de autos surge que a fojas 2/6 se presentó el Dr. J.R.P., en su carácter de apoderado de la parte actora, a fin de promover ejecución fiscal.

    A fojas 8/23 el Dr. P. renunció a la representación y patrocinio de la actora en virtud de que su mandante había designado al Dr. J.S. a los fines de actuar como letrado apoderado en estos autos. Sin perjuicio de ello, acompañó copia de la Resolución CNRT Nº 60/11 a los fines de acreditar la personería oportunamente invocada en el escrito de inicio.

    Fecha de firma: 08/11/2016 Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA #24410353#166250969#20161107100704907 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V En ese mismo acto se presentó el Dr. J.S. como letrado apoderado de la actora y acompañó copia de la Resolución CNRT Nº 21/07 que lo faculta a tal fin.

    A fojas 59 la jueza a quo ordenó el libramiento de mandamiento en los...

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