Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 8 de Noviembre de 2016, expediente CAF 059288/2014/CA001
Fecha de Resolución | 8 de Noviembre de 2016 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V Expte. Nº 59288/2014/CA1 “CNRT c/ TRANSPORTE PAEZ HERMANOS SRL s/ PROCESO DE EJECUCION”
Buenos Aires, de noviembre de 2016.- JMC VISTOS, CONSIDERANDO:
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Que fojas 122 la jueza de grado ordenó correr un nuevo traslado por el término de 5 días del escrito de inicio junto con la Resolución CNRT Nº 60/11 la cual se había omitido acompañar al momento de diligenciar el mandamiento de intimación de pago obrante a fojas 81/83.
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Que contra dicha resolución, a fojas 125/132 la parte demandada interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio y expresó agravios, los cuales fueron contestados por su contraria mediante el escrito que luce agregado a fojas 136/148.
En su memorial, la demandada se agravia al sostener que al otorgarle a la actora la posibilidad de correr un nuevo traslado de la demanda se vulneraría la garantía del debido proceso y el principio procesal de preclusión toda vez que al momento de practicar el primer traslado la parte actora no acreditó fehacientemente su carácter.
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Que sentado ello, corresponde ingresar al análisis de las constancias de autos a fin de dilucidar cuestión planteada.
Así, de las constancias de autos surge que a fojas 2/6 se presentó el Dr. J.R.P., en su carácter de apoderado de la parte actora, a fin de promover ejecución fiscal.
A fojas 8/23 el Dr. P. renunció a la representación y patrocinio de la actora en virtud de que su mandante había designado al Dr. J.S. a los fines de actuar como letrado apoderado en estos autos. Sin perjuicio de ello, acompañó copia de la Resolución CNRT Nº 60/11 a los fines de acreditar la personería oportunamente invocada en el escrito de inicio.
Fecha de firma: 08/11/2016 Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA #24410353#166250969#20161107100704907 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V En ese mismo acto se presentó el Dr. J.S. como letrado apoderado de la actora y acompañó copia de la Resolución CNRT Nº 21/07 que lo faculta a tal fin.
A fojas 59 la jueza a quo ordenó el libramiento de mandamiento en los...
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