CLUB NAUTICO HACOAJ

Fecha de publicación25 Septiembre 2019
SecciónConvocatorias
EmisorCLUB NAUTICO HACOAJ


CLUB NAUTICO HACOAJ ASOCIACION CIVIL - PERSONERIA JURIDICA NRO. 112.043 - CONVOCATORIA A ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS - JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2019: Señores Asociados: El Consejo Directivo del Club Náutico Hacoaj convoca a Asamblea Extraordinaria de Socios en los términos de los artículos 42 y 43 del Estatuto Social, para el día Jueves 10 de octubre de 2019 a las 19.00 hs., en primera convocatoria, y a las 20.00 hs. con el número de socios presentes, en segunda convocatoria. La misma se celebrará en el 6º piso de la Sede Capital, sita en Av. Estado de Israel 4156, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de considerar el siguiente: Orden del Día: 1) Designación de 2 (dos) socios para que en representación de la Asamblea aprueben y firmen el acta conjuntamente con el Presidente y Secretario General (art. 51 Estatuto Social) 2) Consideración de la reforma y reordenamiento del Estatuto del CLUB NAUTICO HACOAJ ASOCIACION CIVIL, específicamente la modificación de los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93 e incorporación del artículo 9 bis, con la pertinente disposición transitoria y re numeración correspondiente, de acuerdo con el texto que éste Consejo Directivo propone y somete a consideración, a fin de adecuar el Estatuto vigente al contexto y necesidades actuales de la entidad y asimismo a las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación modificado en 2015. El proyecto de modificación y reordenamiento se encuentra a disposición de los asociados en la página web de la asociación http://hacoaj.org.ar ó vía mail requiriéndolo a vluzzi@hacoaj.org.ar 3) En caso de aprobarse el punto 2 parcialmente o con alguna variante: 3.1) Facultar al Consejo Directivo para que per se o con el asesoramiento que considere, transcriba el texto modificado y ordenado del Estatuto, según las modificaciones aprobadas en la Asamblea que se convoca, para su elevación a la Inspección General de Justicia, y asimismo facultarlo para que, en caso de observaciones de la Inspección General de Justicia al texto aprobado por la Asamblea, puedan adecuar el texto conforme tales observaciones, siempre que no altere la esencia de lo decidido por la Asamblea...

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