CLUB DE CAMPO SAN DIEGO S.A.

Fecha de publicación09 Septiembre 2021
EmisorCLUB DE CAMPO SAN DIEGO S.A.
CUIT: 30-61051487-8 Convocase a los Sres. Socios del Club de Campo San Diego S. A. a Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria a celebrarse el día jueves 30 de septiembre de 2021, a las 15 hs. en primera convocatoria y a las 16 hs. en segunda convocatoria, en el Centro de Convenciones Goldencenter, salón Los Tilos, sito en Av. Cantillo y Güiraldes – Parque Norte, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, (no es la sede social), a efectos de considerar los siguientes puntos del Orden del Día: 1. Designación de dos accionistas para suscribir el acta; 2. Consideración de los motivos del llamado a asamblea ordinaria fuera del plazo legal; 3. Consideración de la documentación establecida en el art. 234 inc. 1° de la ley 19.550 correspondiente al ejercicio finalizado el 31/12/2019; 4. Consideración de la documentación establecida en el art. 234 inc. 1° de la ley 19.550 correspondiente al ejercicio finalizado el 31/12/2020; 5. Consideración de la gestión del Directorio hasta la fecha de la asamblea; 6. Consideración de la labor del Síndico. Fijación de sus honorarios; 7. Consideración del presupuesto correspondiente al período: julio 2021 - junio 2022; 8. Elección de síndico titular y suplente, por dos ejercicios; 9. Elección de integrantes del directorio, titulares y suplentes; 10. Ratificación de la decisión de la Asamblea de fecha 29.05.2006, mediante la cual se aprobó: “Autorizar al directorio para la realización de las gestiones y tramitaciones necesarias, así como la posterior ejecución de una red de desagües cloacales y su correspondiente planta de tratamiento de efluentes y de red de distribución de agua potable y tendido eléctrico subterráneo.” 11. Cesión del Boleto de Compraventa y Adenda, a la Unión Argentina de Rugby (“UAR”), bajo las siguientes condiciones; a) asunción por la UAR del saldo de precio del boleto con liberación de Club de Campo San Diego S.A.; b) pago a Club de Campo San Diego S.A. de la suma de U$S500.000 que fueran abonadas a la fecha a la parte Vendedora por la sociedad; c) prohibición de volver a ceder el Boleto o enajenar o locar o de cualquier modo dar el uso de todo o parte del inmueble a terceros sin el consentimiento de Club de Campo San Diego S.A.; d) destinar el inmueble únicamente a la construcción y desarrollo del Centro Nacional de Rugby con sus respectivas instalaciones deportivas, educativas, de salud y/o medicina deportiva y de hospedaje para quienes desarrollen dichas actividades; e) que el Ingreso al Centro Nacional de...

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