Clementi Marcelo Hermes C/ Hsbc Bank Argentina S.a. S/ Ordinario

Número de expediente37.045/2007
Fecha16 Febrero 2011
Número de registro111886

Poder Judicial de la Nación Expediente n° 37045/2007 - "C.M.H. C/ HSBC

BANK ARGENTINA S.A. S/ ORDINARIO"

Juzgado n° 8 - Secretaría n° 16

Buenos Aires, 16 de febrero de 2011.

Y VISTOS:

  1. Apeló la demandada la resolución de fs. 397/398 que aprobó la liquidación de la actora y desestimó su impugnación. Sus fundamentos de fs. 406/407 fueron respondidos a fs. 409.

  2. Las partes discrepan en relación al monto del capital condenado.

    En los considerandos de la sentencia de esta Sala se propició la reducción del quantum fijado en la anterior instancia a la suma de $ 15.000.

    No obstante ello en la parte dispositiva se dispuso confirmar la sentencia de primera instancia en lo sustancial que decide in totum, con las modificaciones introducidas en materia de honorarios (fs.

    345/358).

  3. La CSJN sostuvo en numerosos casos que toda sentencia constituye una unidad lógica y jurídica, cuya parte dispositiva es la conclusión necesaria del análisis de los presupuestos fácticos y normativos efectuados en sus fundamentos. No es pues, sólo el imperio del tribunal ejercido concretamente en la parte dispositiva lo que da validez y fija los alcances del pronunciamiento: estos dos aspectos dependen también de las motivaciones que sirven de base a la decisión (CSJN in re "Industrias Metalúrgicas Pescarmona c/ Agua y Energía Eléctrica SE" del 20.02.86; id. in re "G., P.E. c/ Gobierno de la Nación". T. 308, p. 732; id in re "M. de P., M.E."T. 298, p. 736; id in re "B.L.M. c/ B.O.M."T. 324 p. 547; id in re "Cooperativa Ferrocarriles del Estado s/ quiebra s/ incidente de verificación promovido por...

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