Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 4 de Marzo de 2020, expediente CNT 008028/2018/CA001

Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX

Causa N°: 8028/2018 - CLEMENTE VILLCA, JOSE c/ LIHUE INGENIERIA

S.A. - ILUBAIRES S.A. - APCO S.A. - RED SECUNDARIA CLOACAL

AVELLANEDA OESTE - UTE s/DESPIDO

Buenos Aires, 04 de marzo de 2020.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la perito contadora a fs. 277 por estimar reducidos los honorarios que le fueron regulados a fs. 269/271.

Y CONSIDERANDO:

Que, en el presente caso, teniendo en cuenta lo normado por el art. 38 de la L.O., el decreto ley 16.638/57, el art. 1255 del C.C.C.N y por los arts. 16, 21, 25 y ss. de la ley 27.423, el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada, la complejidad de la cuestión planteada, el resultado obtenido y calidad de las tareas llevadas a cabo, a criterio de esta alzada los honorarios regulados a la perito contadora a fs. 269/271 lucen reducidos, razón por la cual corresponde que sean elevados a la suma de PESOS CUATRO MIL ($4.000-.) a valores del presente pronunciamiento.

Por ello, el Tribunal

RESUELVE:

1) Elevar los honorarios regulados a la perito contadora a la suma de PESOS CUATRO MIL ($4.000-.) a valores del presente pronunciamiento; 2) H. saber a las partes y peritos que rige lo dispuesto por la Ley 26.685 y Ac. C.S.J.N N.. 38/13. 11/14 y N.. 3/15 a los fines de notificaciones, traslados y presentaciones que se efectúen.

R., notifíquese y oportunamente devuélvase.

Roberto C. Pompa Mario S.

Fera JUEZ DE CAMARA JUEZ DE

CAMARA

Ante mí:

Fecha de firma: 04/03/2020

Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX

Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA - SALA IX

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX

Fecha de firma: 04/03/2020

Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX

Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA - SALA IX

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