Ciudadela S.R.L. S/ Concurso Preventivo

Fecha de la disposición 2 de Marzo de 2011

Miércoles 2 de marzo de 2011 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.103 42 rificación y los tÃtulos justificativos de sus tÃtulos.

Fijese a los fines de la presentación del informe del Art. 35 LCQ el dia 26/05/11 y el 8/07/11 para la presentación del informe del Art. 39 LCQ. Fijese hasta el dia 26/12/11 como periodo de exclusividad a favor de la concursada. PublÃquese por cinco dÃas en el “Boletin Oficial”, en el “Diario de publicaciones legales de la Provincia de Buenos Aires” y en el diario “Clarin”.

Buenos Aires, 17 de Febrero de 2011.

Ma. Gabriela Dallas, secretaria.

e. 25/02/2011 N'º21104/11 v. 03/03/2011 N'º 9

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial 9 de la Dra. Paula MarÃa Hualde, secretaria 18, a mi cargo sito en la calle Marcelo T. de Alvear 1840, Piso 4'º, Capital federal, hace saber por cinco dÃas que con fecha 3.2.11 se ha decretado la quiebra de G.B. y Cia. S.A., inscripta en la IGJ bajo el registro N'º1533805, en el L'º 119 del Tomo A de S.A., el dÃa 19.07.1996, (CUIT 30-64334703-9) con domicilio en Cuba 3158, 7'º B de esta ciudad. Se hace saber a los acreedores que deberán presentar al Sindico Miguel Angel Drucaroff, con domicilio en la calle Corrientes 2470 4'º 15 y 16, los titulos justificativos de sus créditos dentro del plazo que vence el 12.5.11.

El Sindico presentará los informes que disponen los arts. 35 y 39 los dÃas 27.611 y 23.8.11 respectivamente. El plazo para pronunciar la providencia que prescribe el art. 36 del citado cuerpo normativo vencerá el dÃa 11.7.11. La audiencia de explicaciones se llevará a cabo el dÃa 16.8.11 a las 11:00 horas. Se intima al fallido y a terceros para que entreguen al SÃndico los bienes del deudor que tengan en poder y hácese saber la prohibición de hacerle pagos, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. IntÃmase al deudor a que entregue al SÃndico los libros de comercio y demas documentación relacionada con su contabilidad en el término de 24 horas. IntÃmase al fallido para que cumpla los requisitos a los a los que se refiere el art. 86 L.C. y para que dentro de las 48hs., constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación, bajo apercibimiento de tenerlo por constituÃdo en los estrados del Juzgado.

Buenos Aires, 16 de febrero de 2011.

Claudio F. Marjanovic Telebak, secretario interino.

e. 25/02/2011 N'º20737/11 v. 03/03/2011 N'º 13

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N'º13, a cargo del Dr. Fernando J.

Perillo, SecretarÃa N'º25, a cargo del Dr. Sebastián Julio Martorano sito en Marcelo T. Alvear 1840, 4'º piso, de esta capital, comunica por cinco dÃas que con fecha 14 de febrero de 2011, en los autos caratulados González Ezequiel Antonio s/ Quiebra, se resolvió decretar la quiebra de González Ezequiel Antonio, D.N.I. N'º 14.602.783,

CUIL N'º 20-14602783-1, haciéndole saber a éste y a los terceros que deberán hacer entrega al sÃndico de los bienes que posean de la fallida, asà como la prohibición de realizar pagos a la misma, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al sÃndico dentro de las veinticuatro horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, asà como también a que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal la jurisdicción del Tribunal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. El sÃndico designado en las presentes actuaciones es la...

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