39/06 - Partido de la Participacion Ciudadana S/reconocim Personalidad Juridico Politica
Fecha de disposición | 28 Febrero 2007 |
Fecha de publicación | 28 Febrero 2007 |
Sección | Sociedades,PARTIDOS POLITICOS |
Número de Gaceta | 31105 |
de los nombres y domicilios de las personas que las hubieran ingresado o recibido. La documentación, con todos sus componentes, deberá ser conservada durante cuatro (4) ejercicios.
Tendrá a su cargo el control de la contabilidad de las Juntas Comunales. Al 31 de Diciembre de cada año deberá practicar el Balance anual que deberá tener balance suscripto por los revisores de cuentas. La Junta de Gobierno tendrá a su cargo el cumplimiento de las normas relativas a la presentación del estado contable de cada ejercicio y de las demás disposiciones que con relación al control patrimonial establezca la legislación vigente.
El Tribunal sustanciara todas las causas por el procedimiento escrito que se reglamente, el cual deberá asegurar el derecho de defensa del imputado. Dictaminara mediante acto fundado las medidas a aplicar, las que podrán ser absolición, amonestación, suspensión temporaria de la afiliación, desafiliación y expulsión. Sus dictámenes serán elevados a la Junta de Gobierno a los fines de su aplicación. Contra las sanciones mencionadas se podrá interponer recurso de apelación ante la Convención Distrital. Supletoriamente será de aplicación la Ley de Procedimientos Administrativos vigente en el Distrito.
Duraran cuatro (4) años en sus funciones y por lo menos uno de sus miembros titulares deberá ser convencional. Deberán ser elegidos en sesión de la Convención Distrital por mayoría de votos de los miembros del cuerpo.
Funcionara con quórum legal con la presencia de dos de sus miembros y sus decisiones deberán ser acordadas con un mínimo de dos (2) votos coincidentes.
En tal caso su patrimonio se transferirá a la Provincia de La Rioja, con cargo a ser utilizado en obras para el mejoramiento de la enseñanza primaria. Se extingue también por las causas que la Ley determine con las garantías el debido proceso.
La caducidad de la personalidad política del Partido solamente podrá admitirse si se declara por sentencia judicial, con las garantías del debido proceso, en el que el Partido sea parte. En esto caso el destino de los bienes será también el que fija el artículo precedente.
En el caso de que, por cualquier circunstancia, se produzcan vacantes en la Junta y, de Gobierno, Juntas Comunales o Centros Comunales, o que sea necesario proveer a su integración de acuerdo a los artículos 21, 25 y 33, el órgano superior al que deba ser completado, designara con carácter provisorio y transitorio a los afiliados que deban ocupar esos cargos, hasta que puedan ser cubiertos por el procedimiento establecido en esta Carta Orgánica.
Créase el cargo de Presidente y/o miembro honorario del 'Compromiso Riojano', el que será otorgado excepcionalmente y como homenaje, al afiliado que, habiendo cumplido funciones en las mesas directivas de la Convención Distrital y/o de la Junta de Gobierno por su reconocida militancia, trayectoria partidaria y vocación de servicio, así como por la relevancia de su aporte al Partido, al Distrito y a la Patria, merezcan esa especial distinción, requiriéndose para su designación por la Convención Distrital el voto unánime de los miembros presentes.
Caso contrario se harán pasibles de las sanciones previstas en esta Carta Orgánica.
-
28/02/2007 Nº 538.661 v. 28/02/2007 PARTIDO MOVIMIENTO DE ACCION VECINAL Distrito La Rioja En la Ciudad de La Rioja diecinueve del mes de Enero del dos mil siete, a las 21:00 hs en la sede partidaria, se reúne la Junta Electoral del Movimiento de Acción Vecinal a los fines de revisar si se adecua a la Carta Orgánica la única lista de candidatos presentada para la elección interna de autoridades partidarias a realizarse el 25/02/07 por parte de la agrupación interna 'COMPROMISO VECINAL'.
Seguidamente se comprueba que se han presentado avales de afiliados que superan ampliamente el (3%) exigido por el art. 29 de la Carta Orgánica y que todos los candidatos cumplen los requisitos establecidos por el art. 27 incs. a) y b) ele la carta Orgánica Partidaria; por lo que corresponde proceder a su oficialización. Como consecuencia de ello y resultando la lista de 'COMPROMISO VECINAL' la única lista presentada y oficializada, corresponde proceder a la proclamación de los candidatos según lo dispuesto por el art. 27 incs. c) ultima parte de la Carta Orgánica Partidaria. Por ello se proclama para el Consejo Provincial del Partido Movimiento de Acción Vecinal.
PRESIDENTE: NABIH BAKIR DNI: 18.827.962
VICEPRESIDENTE: RAMON HORACIO BAIGORRI DNI: 13.918.842
SECRETARIO GENERAL: MANUEL RODOLFO CHAIN DNI: 17.891.207
TESORERO: LAURA NELLY BAIGORRI DNI:
20.253.626
TESORERO SUPLENTE: DINA EVA ROMERO DNI: 25.719.906
VOCALES TITULARES:
1 - PATRICIA ALEJANDRA PALACIOS DNI:
20.253.473
2 - ARIEL, OMAR NIETO DNI: 17.744.305
3 - MARIA INES ROMERO DNI: 4.930.281
4 - JUAN CARLOS BARCELONI DNI:
12.394.355
5 - GISELA TORRES DNI: 32.882.464
VOCALES SUPLENTES:
1 - RICARDO LEONEL BRITOS DNI:
25.225.341
2 - JUAN DANIEL BARCELONI DNI: 29.605.679
3 - ALEJANDRO NICOLAS MACIA DNI:
31.374.121
4 - ROBERTO ENRIQUE DELLAGIOVANNA DNI: 30.299.083
5 LEANDRO GASTON FUENTES QUINTEROS DNI: 29.604.192
Se proclama para el Congreso Provincial del partido Movimiento de accion Vecinal:
TITULARES:
1 - TUFIK AKIL DNI: 18.828.585
2 - ANALIA ROMERO DNI: 32.163.895
3 - AGUSTIN RAMON MACIA DNI: 11.859.106
4 - ESTER DEL...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba