Citacion
Fecha de Entrada en Vigor | 18 de Agosto de 2017 |
Emisor | Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y Familia |
Fecha de la disposición | 17 de Enero de 2017 |
CITACION
Por disposición del Señor Director Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y la Familia Santa Fe, en los autos: “S/ MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL COLMAN TIZIANA ANTONELLA LEGAJO 011774”; Expediente Nº 01503-0004852-2, del Registro de Información de Expediente; -Equipo de Atención y Diagnóstico Distrito Noreste-; se cita, llama y emplaza a la Sra. Elsa Raquel COLMAN, con D.N.I. 33.568.278, con domicilio real desconocido; notificándola a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: Disposicion N° 000062, Santa Fe, “Cuna de la Constitución”, 01 de agosto de 2017... VISTO... CONSIDERANDO... DISPONE: ARTÍCULO Nº 1: Adoptar una Medida de Protección Excepcional, conforme a las normativas legales establecidas en la Ley Provincial Nº 12.967 que tiene por sujeto de protección a la niña TIZIANA ANTONELLA COLMAN, D.N.I. N° 47.508.338, fecha de nacimiento 22/01/2007, de 10 años de edad, siendo su progenitora en ejercicio de la responsabilidad parental la Sra. Elsa Raquel Colman, quien acredita su identidad con el D.N.I. N° 33.568.278, con domicilio actual desconocido; todo ello ante la vulneración de derechos y garantías sufrida desde el propio seno familiar, no pudiendo desde el interior de su familia garantizarle el debido goce de los derechos a la vida, integridad personal y convivencia familiar y comunitaria y salud (arts. 9, 10, 12 y 13 Ley 12.967). Que la Medida de Protección Excepcional, tiene por objeto regularizar la situación legal de la niña, y continuar con la separación transitoria de la convivencia de su progenitora y su abuela en línea materna, quedando alojada transitoriamente en el Sistema de Cuidados Institucionales de este organismo. ARTICULO Nº 2: Establecer dicha Medida de Protección Excepcional por el plazo de noventa (90) días, término que comenzará a correr a partir de que dicha medida adoptada, quede firme. Durante el transcurso de la Medida de Protección Excepcional, la contención y el abordaje de la problemática social continuarán siendo ejercidos por el Equipo Territorial de Atención y Diagnóstico del Distrito Noreste dependiente de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe de manera articulada y coordinada con los demás profesionales que intervienen en la situación. ARTICULO Nº 3: Efectuar el procedimiento destinado a la notificación de la adopción de la Medida de Protección Excepcional a las partes interesadas y peticionar el pertinente Control de la...
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