Citacion

Fecha de Entrada en Vigor10 de Junio de 2017
EmisorDirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y Familia
Fecha de la disposición 9 de Enero de 2017

DIRECCION PROVINCIAL DE PROMOCION DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

CITACION

Por disposición del Señor Director Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y la Familia Santa Fe, en los autos: “S/ MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL DE BARU CATERINA Y LUNA ARACELI”, el Expediente Nº 01503-0004223-0 del Registro del Sistema de Información de Expediente (Leg. Signa Nº 02-011477 y 02-011478) - Equipo de Atención y Diagnóstico Nodo Santa Fe- (Equipo Santo Tomé); se cita, llama y emplaza a la Sra. Maria de los Milagros LUNA, con D.N.I. 21.830.918, con domicilio real desconocido; notificándola a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: Disposicion N° 000016, Santa Fe, “Cuna de la Constitución”, 19 de mayo de 2017... VISTO... CONSIDERANDO... DISPONE: ARTÍCULO 1°: Adoptar Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos, conforme a las normativas legales establecidas en la Ley Provincial Nº 12.967 en su Art. 51 tercer párrafo y su Decreto Reglamentario Nº 619/2010 y su modificatoria Ley Provincial N° 13.237 en sus arts. 51, 66 bis, ter y quater, que tiene por sujeto de protección a la niña CATHERINE PRISCILA BARU, D.N.I. N° 46.492.064, fecha de nacimiento 15 de abril de 2.005, de doce años de edad; siendo sus progenitores la Sra. María de los Angeles Luna, D.N.I. N° 21.830.918, domiciliada en calle 23 Nº 4911, de la localidad de Sauce Viejo, Provincia de Santa Fe y el Sr. Ricardo Antonio Baru, D.N.I. N° 14.854.792, domiciliado en calle 6 y 23 -cercano a la Escuela “Juan Perón”- de la localidad de Sauce Viejo, Provincia de Santa Fe. Que la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, tiene por objeto regularizar la situación legal de la niña referida, sugiriéndose sea declarada en situación de adoptabilidad. ARTICULO 2: Continuar, durante el transcurso de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, la contención y el abordaje de la problemática social, por parte del Equipo de Atención y Diagnóstico Nodo Santa Fe, dependiente de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe, en coordinación y articulación con los referentes del primer nivel, hasta tanto se resuelva la situación definitiva de la niña. ARTICULO 3: Efectuar el procedimiento destinado a la notificación de la adopción de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional a las partes interesadas y dará intervención al órgano jurisdiccional competente. ARTICULO...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR