Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 16 de Agosto de 2000, expediente A C78692

PresidenteLaborde-Hitters-Pettigiani-Salas-Pisano
Fecha de Resolución16 de Agosto de 2000
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

Ac.á78.692 “C., F.G. c/B.F.A. y ot. Ejecutivo. R.. de queja”.

//Plata, 16 de agosto de 2000.

AUTOS Y VISTO:

Que el recurso extraordinario de nulidad sólo puede fundarse en la inobservancia de las formalidades establecidas por los arts. 168 y 171 de la Constitución de la Provincia según lo establecido en el art. 161 inc. 3º letra b) de la Carta local, por lo que la denuncia de violación de otras normas constitucionales o legales, o la eventual arbitrariedad de estas, son ajenas al mismo (Ac...

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