Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 4 de Agosto de 1998, expediente A C71654

PresidenteNegri-San Martín-Laborde-Hitters-Salas
Fecha de Resolución 4 de Agosto de 1998
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

Ac.á71.654á"C., F.G. contra B.F.A. y ot. Cobro ejecutivo. Recurso de queja".

//Plata, 4 de agosto de 1998.

AUTOS Y VISTO:

Que el recurso extraordinario de nulidad solo puede fundarse en la inobservancia de las formalidades establecidas por los arts. 168 y 171 de la Constitución de la Provincia según lo establecido en el art. 161 inc. 3º letra b) de la Carta local, por lo que la denuncia de violación de otras normas constitucionales o legales, o la eventual arbitrariedad de estas, son ajenas al mismo (Ac. 33.036, 30-XI-84; L. 34.776, 3-XII-85; Ac. 67.824, 17-II-98; Ac. 67.881, 24-II-98, etc).

Que en el caso, si bien se interpuso recurso extraordinario de nulidad denunciando violación del art. 171 de la Constitución provincial, los agravios expuestos se sustentan en la eventual errónea aplicación de la ley y transgresión de los arts. 18 y 75 inc. 22 de la Constitución nacional, y 8º ap. 1) del Pacto de San José de Costa Rica, al haber rechazado el a quo el planteo de inconstitucionalidad de...

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