Circulo Cerrado S.A. de Ahorro Para Fines Determinados C/ Rocca Eduardo Reinaldo S/ Ejecucion Prendaria

Fecha de la disposición10 de Marzo de 2010

3.3. REMATES JUDICIALES ANTERIORES JUZGADOS NACIONALES EN LO COMERCIAL Nº 5

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 5 a cargo del Dr. Fernando M.

Durao, Secretaria Nº 10 a cargo de la Dra. Marina Meijide Castro, con domicilio en la Avenida Roque S. Peña Nº 1211 P. 8, de Capital Federal, comunica y hace saber por el término de cinco (5) días en los autos caratulados 'Soto María Elena s/Quiebra s/Incidente de Concurso Especial Promovido por el Banco Itau Buen Ayre S.A.', Reservado Expte. Nº E 10 66158/9, que el Martillero Tomas Antonio Masetti, Tel. 011-154947.5063, rematará el día 8 de abril de 2010, a las 10,45 hs. en punto, en el salón de ventas de la calle Jean Jaures Nº 545 esquina Avenida Corrientes de Capital Federal, el 100 % Ad-Corpus de la Unidad Funcional N* 4 del 1º Piso (SemiPiso), ubicada en la calle Pavon Nº 1380 entre las calles San Jose y Santiago del Estero de Capital Federal, que consta de cuatro (4) Ambientes, living, comedor, 2 dormitorios, cocina, baño y lavadero, la Unidad Funcional se encuentra en regular estado físico por la falta de mantenimiento y la misma se encuentra ocupada por la fallida y su grupo familiar. Nomenclatura Catastral: Circunscripción 12, Seccion 14, Manzana 35, Parcela 10, Matricula 12-181/4, Superficie 102,80

M2, Porcentual 9,48%, Condiciones de Venta:

Base $ 170.000, Seña 30%, Comisión 3%, Arancel CSJN 0,25 %, Sellado de Ley 0,80% al contado en dinero en efectivo en elk acto del remate.

El saldo de precio el/los compradores deberán depositarlo dentro de los cinco (5) días de aprobada la subasta, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Tribunales, a la orden del Juzgado y como pertenecientes a estos actuados, sin necesidad de otra notificación y/o intimación, bajo apercibimiento de considerarlo postor remiso Art. 584 del CCPC. El comprador debera integrar el saldo de precio aun si se hubiese planteado cualquier objeción que impida la aprobación de la subasta. Ante el caso que no lo hiciere y fueren rechazadas las objeciones, debera adicionar al remanente del precio desde el quinto día de realizada la subasta y hasta el efectivo pago, los intereses que fija el Banco de la Nacion Argentina tasa activa para sus operaciones de descuentos a treinta dias capitalizables. Queda prohibida la compera en comision y la ulterior cesion del boleto de compra-venta. Se hace saber que los impuestos, tasas y contribuciones, sean de carácter Nacional, Provincial o Municipal, devengados con anterioridad al decreto de quiebra y hasta la fecha del mismo, deberan ser verificados en autos por los organismos respectivos;

los devengados a partir del decreto de quiebra hasta la posesion, seran a cargo de la masa y los posteriores a la toma de posesion a cargo del adquirente. Se hace saber a los interesados que las expensas comunes devengadas con anterioridad a la subasta son obligaciones 'propter rem', en caso que el precio de la cosa no alcance para que dicha deuda sea satisfecha por el vendedor, las mismas deben ser soportadas por el adquirente...

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