Circular General Resolución de la Faa sobre la Participación de las Entidades de Base en el 106° Congreso Ordinario Anual.

Fecha de Entrada en Vigor18 de Agosto de 2018
EmisorFederación Agraria Argentina
Fecha de la disposición17 de Enero de 2018

FEDERACIÓN AGRARIA

ARGENTINA

CIRCULAR GENERAL

RESOLUCIÓN DE LA FAA SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE LAS ENTIDADES DE BASE EN EL 106° CONGRESO ORDINARIO ANUAL.

Comunicamos a usted que conforme las normas Estatutarias y a lo resuelto en el CDC del día 2 de agosto de 2018, en relación a la participación de las Entidades de Base en el 106° Congreso Ordinario Anual, se ha aprobado la siguiente resolución:

  1. REQUISITOS ESTATUTARIOS PARA LA PARTICIPACIÓN EN EL 106º CONGRESO

    De los requisitos formales:

    Los requisitos formales y plazos previstos por el Art. 11 del Estatuto serán cumplimentados sólo mediante la presentación en la Sede Central de la FAA de la siguiente documentación:

    Art. 11°: La vigencia plena de los derechos, uso de los servicios y/o goce de los beneficios que acuerda este Estatuto, y sus reglamentaciones a las asociadas (filiales, entidades juveniles y entidades afiliadas y por extensión a sus socios) está condicionada a que las mismas estén al día con la tesorería y cumplan con los requisitos establecidos por el C.D.C. Para el ejercicio de los derechos en las Asambleas Zonales de Distrito, deberán estar abonadas el 75% de las cuotas y para ejercerlos en el Congreso Ordinario Anual, el 100% de las mismas. Para la participación en Asambleas Anuales de Distrito y Congresos Ordinarios y Extraordinarios, los requisitos formales deberán estar reunidos al 30 de junio de cada año. Autorízase al C.D.C. a reglamentar el presente articulo pudiendo, inclusive, establecer representaciones proporcionales al porcentaje de cuotas

    pagadas, cuando no se reúna el 75 o el 100%.

    REGLAMENTO

    Art 98° - De los requisitos formales: Los requisitos formales previstos por el Art. 11 del Estatuto serán cumplimentados solo mediante la presentación en la Sede Central de la FAA de la siguiente documentación y

    fechas;

    1. Aquellos que los tuvieren, la presentación de sus estatutos, contratos, actas o documentos constitutivos.

    2. El Acta del Órgano respectivo o Asamblea o reunión en el que se designaren las autoridades de la Entidad.

      De ellas deben surgir con claridad, quien es su Presidente, Secretario y demás autoridades; el plazo o período de su mandato y demás circunstancias que permitan determinar con certeza quienes representan y su mandato.

    3. A tales efectos y su acreditación en los términos estatutarios, deberán presentarse los mismos en copia del acta respectiva en forma certificada o legalizada por Escribano, Juez o autoridad Nacional, Provincial o Comunal que...

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