Cimino Mario Domingo C/cuarto Creciente S.R.L. S/sumario Expte. Nº 41.653 - Citación a Héctor Miguel Guidi

Fecha de disposición13 Marzo 2007
Fecha de publicación13 Marzo 2007
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31114

le, Secretaria Nº 8 a cargo del Dr. Carlos Alberto Anta, sito en Av. Roque Saenz Peña 1211, 1º piso de la y en el diario LA RAZON, dejándose constancia que en autos la parte actora, beneficiaria de la publicación, goza del beneficio provisorio de litigar sin gastos, establecido en el Art. 83 del C.P.C.C. que dice: Beneficio provisional. Efectos del pedido. Hasta que se dicte resolución la solicitud y presentaciones de ambas partes estarán exentas del pago de impuestos y sellado de actuación. Éstos serán satisfechos, así como las costas, en caso de denegación. El trámite para obtener el beneficio no suspenderá el procedimiento, salvo que se pidiere en el escrito de demanda.

Buenos Aires, de diciembre de 2006.

Horacio Piatti, secretario.

e. 12/03/2007 Nº 539.663 v. 13/03/2007 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 6, Secretaría Nº 11, sito en Avda.

Buenos Aires, 12 de octubre del 2006.

Marta G. Cirulli, juez.

Horacio Piatti, secretario.

e. 12/03/2007 Nº 539.661 v. 13/03/2007 N° 8

EDICTO: El Juzgado Nacional de Primera Instancia eh lo Comercial Nº 8, a cargo del Dr. Javier Cosentino, Secretaría Nº 16, interinamente a cargo del suscripto, sito en la calle Libertad 533, planta baja de Capital Federal, comunica por cinco días que se ha decretado la quiebra de: RETCORP S.A.

S/ QUIEBRA - ANTES PEDIDO DE QUIEBRA (CRUZ MARIA MAGDALENA) con fecha 22 de Febrero de 2007. Que el Síndico es Pablo L. Peregal, con domicilio en la calle Leandro N. Alem 651, piso 6º contrafrente de Capital Federal ante quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 4 de Mayo de 2007. Asimismo se hace saber que el síndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la ley 24.522, los días 19 de Junio de 2007 y 21 de Agosto de 2007, respectivamente. Se intima a la fallida a que presente los requisitos dispuesto en los incs. 2 al 5 del art. 11 de la ley 24.522, en tres días, y de corresponder en igual término los mencionados por los inc. 1 y 7 del mismo articulo (art. 95 inc. 4), además para que entregue al síndico sus libros, papeles y bienes que tuviere en su poder en el plazo de 24 horas y constituya domicilio en autos dentro de las 48 horas, bajo apercibimiento de operarse las sucesivas notificaciones por ministerio de la ley. Asimismo se hace saber a la fallida que deberá abstenerse de salir del país sin autorización expresa del Juzgado. Se intima a quienes tengan bienes y documentos de la fallida para que los pongan a disposición del síndico en cinco días y se prohiben los pagos y entregas de bienes de la fallida so pena de considerarlos inficaces. Publíquese por 5 días en el Boletín Oficial.

Buenos Aires, 28 de febrero de 2007.

Leonardo J. Quintieri, secretario.

e. 08/03/2007 Nº 539.318 v. 14/03/2007 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro 8, a cargo del Dr. Javier Cosentino, en su carácter de juez subrogante, Secretaría Nro 16...

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