Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de General Roca, 8 de Marzo de 2013, expediente P04.513

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2013

Poder Judicial de la Nación General Roca, 8 de marzo de 2013.

VISTOS:

Estos autos caratulados “CID, S.A. s/ ley 23.098” (Expte. N° P04513 del registro de la Secretaría Penal del tribunal), venidos del Juzgado Federal de General Roca; y CONSIDERANDO:

Que llegan estas actuaciones a conocimiento del tribunal por vía de la consulta establecida en el art.10 de la ley 23.098, al declararse la incompetencia del Juzgado Federal local respecto de la presentación efectuada por el arriba nombrado, quien cumple pena privativa de la libertad en la Unidad N° 5 del Servicio Penitenciario Federal, en USO OFICIAL

donde permanece alojado a disposición del Juzgado de Ejecución Penal de Catamarca.

Que en el manuscrito de fs.1 el peticionario manifestó que interponía la presente acción “Por agravamiento de mi detención y en las condiciones que cumplo mi condena …

Por retardo de justicia de mi salida transitoria excepcional de 72 horas para visitar a mi madre A.L.C. (por estado de salud)”.

Que a fs.2 se agregó una copia de la nota remitida por la Sección Judicial de la U5 al Juzgado de Ejecución Penal de Catamarca, del 15 de febrero pasado, mediante la que se proponía para Cid una salida excepcional, bajo palabra de honor, de 72 horas teniendo en cuenta la distancia que separaba el Establecimiento Carcelario de la vivienda de la madre del nombrado ubicada en Cutral Co, provincia del Neuquén.

Que frente a ello el a quo consideró que los cuestionamientos formulados por el presentante tenían exclusiva vinculación con aspectos relacionados con el cumplimiento de la pena, cuyo conocimiento correspondía al juez de ejecución, razón por...

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