Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 31 de Mayo de 2017, expediente Rc 120956

PresidenteKogan-Pettigiani-Soria-Genoud
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2017
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
  1. 120.956 "C., A.. Sucesión ab-intestato".

//Plata, 31 de Mayo de 2017.

AUTOS Y VISTO:

  1. El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nº 10 del Departamento Judicial de Mar del Plata, en el marco del proceso sucesorio del señor A.C., rechazó el pedido de la cónyuge supérstite del causante -señora R.N.S.- de que se le reconociera el derecho real de habitación gratuito y vitalicio del inmueble individualizado (fs. 140/142 vta.).

    A su turno, la Sala II de la Cámara de Apelación departamental revocó dicho pronunciamiento y, en consecuencia, hizo lugar a la pretensión de la señora S. en torno a la aplicación del art. 3573 bis del Código Civil (fs. 171/179).

    Frente a ello, las coherederas M.V. y A.G.C. interpusieron recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 185/198 vta.), el que fue concedido (fs. 199/vta.).

  2. Pasando a considerar el cumplimiento de los recaudos de admisibilidad propios de la vía incoada, cabe señalar que el valor del agravio -a los fines de lo dispuesto en el art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial- está representado para las recurrentes, de conformidad con los planteos traídos, por la valuación fiscal del inmueble respecto del cual cuestionan el reconocimiento del derecho real de habitación, a la fecha de interposición de la vía extraordinaria (conf. doct. C. 116.695, resol. del 3-X-2012; C. 118.990, resol. del 15-IV-2015).

    Así, de la documentación obrante en autos surge que el importe de la referida valuación fiscal (v. fs. 136/137 y 181) no alcanza el mínimo legal vigente al momento de la deducción del remedio extraordinario -$ 198.500- que habilite la revisión por la vía de inaplicabilidad de ley (art. 278, C.P.C.C., texto según ley 14.141 y Acordada...

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