Aviso Oficial Síntesis del Estatuto Social del Sindicato de Choferes de Camiones, Obreros y Empleados del Transporte Automotor de Cargas Grales. de la Rioja, Aprob. por Res. Nº 41/95-mtss

Fecha de la disposición 5 de Julio de 2007

El setenta y cinco por ciento (75%) de los cargos directivos y representativos deberán ser desempeñados por ciudadanos/as argentinos, ella titular del cargo de mayor jerarquía y su reemplazante estatutario deberán ser ciudadanos/as argentinos.

La representación femenina en los cargos electivos y representativos de la asociación sindical será de un mínimo del 30% (treinta por ciento), cuando el número de mujeres alcance o supere ese porcentual sobre el total de los afiliados.

Cuando la cantidad de trabajadoras no alcanzare el 30% del total de los afiliados, el cupo para cubrir la participación femenina en las listas de candidatos y su representación en los cargos electivos y representativos de la asociación sindical, será proporcional a esa cantidad.

En los casos en que, por la aplicación matemática de los porcentajes mínimos, resultare un número con fracción decimal, el concepto de cantidad mínima será igual al número entero inmediato superior.

Asmismo, las listas que se presenten deberán incluir mujeres en esos porcentuales mínimos y en lugares que posibiliten su elección.

No podrá oficializarse ninguna lista que no cumpla con los requisitos estipulados en éste artículo.

-- MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SINTESIS DE ESTATUTOS CONFECCIONADAS DE CONFORMIDAD CON LA RESOLUCION N° 12/2001, DE LA DIRECCION GENERAL DE ASOCIACIONES SINDICALES.

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DE CHOFERES DE CAMIONES, OBREROS Y EMPLELADOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS GENERALES DE LA RIOJA, APROBADO POR RESOLUCION M.T. Y S.S. N° 41/95.

ARTICULO 1°

En la Ciudad de La Rioja, Provincia del mismo nombre, República Argentina, a los 30 días del mes junio del año 1989, se constituye el Sindicato de Choferes de Camiones,

Obreros y Empleados del Transporte Automotor de Cargas Generales de La Rioja, con domicilio legal en la calle Martín Miguel de Güemes N° 290, de la Ciudad de La Rioja, teniendo como zona de actuación todo el territorio de la Provincia de La Rioja. Se reconocerá a la asociación profesional de 1° grado que reconoce y ratifica su afiliación a la Federación Nacional de Trabajadores y Obreros del Transporte Automotor de Cargas y Servicios, por consiguiente, se ve obligado a cumplimentar las disposiciones de los Estatutos de la Federación. Será de Aplicación para la totalidad de los trabajadores ocupados en el...

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