Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala K, 24 de Agosto de 2017, expediente CIV 069462/2011/CA001

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2017
EmisorCamara Civil - Sala K

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA K 69462/2011 C.L.V. c/ MICROOMNIBUS TIGRE S.A. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Buenos Aires, 24 de agosto de 2017.- GVO Autos y vistos:

Atento a que desde la actuación de fs.551 ha transcurrido el plazo previsto por el art. 310, inc. 2° del Código procesal sin que se verifiquen actos que tengan por objeto impulsar el proceso y en uso de las facultades conferidas por el art. 316 del mismo ordenamiento el Tribunal

RESUELVE:

Declarar operada la caducidad de instancia respecto del recurso extraordinario interpuesto a fs. 525/545.

R. y de conformidad con lo establecido en el art.

1 de la Ley 26.856, art. 1 de su Decreto reglamentario 894/13, y arts.

1, 2 y anexo de la acordada 24/13 de la CSJN; a tal fin, notifíquese por Secretaría. Cumplido ello devuélvanse a la instancia de grado. Se deja constancia que la difusión de la presente resolución se encuentra sometida a lo dispuesto por el art. 164, segundo párrafo del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y art. 64 del Reglamento para la Justicia Nacional. En caso de su publicación, quien la efectúe, asumirá la responsabilidad por la difusión de su contenido. FDO.

LIDIA...

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