Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 10 de Diciembre de 2018, expediente CNT 004492/2011/CA001 - CA002

Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII Causa N°: 4492/2011 SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº45431 CAUSA Nº 4.492/2011 - SALA VII - JUZGADO Nº 8 AUTOS: "CHARINOTI CLELIA GABRIELA c/ SYLECI S.A. s/ despido”.

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2018.

VISTO:

La letrada de la perito contadora apela a fs. 228 sus estipendios, regulados a fs. 227, que retribuyen lo actuado en la etapa de ejecución del emolumento de la señora perito, porque los estima bajos.

Y CONSIDERANDO:

Que, en el caso, la regulación en concepto de honorarios cuestionada luce baja en función de las tareas efectívamente cumplidas en esta segunda de las fases del proceso de ejecución a fin de obtener el cobro de las acreencias en concepto de honorarios de la contadora.

Por ello, en atención a lo normado por el Art. 38 de la ley 18.345 y 13 de la Ley 24.432 y demás pautas arancelarias aplicables –vigentes al tiempo de inicio de las actuaciones-, se elevan la suma regulada en concepto de honorarios a $1.000 (PESOS UN MIL).

Por lo expuesto, el Tribunal

RESUELVE:

1) Elevar los honorarios regulados en la resolución de fs. 227 en favor de la letrada de la perito contadora, por sus trabajos en la...

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