CHIAPPINI, JULIO EDUARDO c/ DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DHL s/AMPARO LEY 16.986

Fecha18 Octubre 2021
Número de expedienteFRO 024306/2020/CA001

1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO-SALA B

Civil/int.

Visto, en Acuerdo de la S. “B” integrada, el expediente Nº FRO

24306/2020, caratulado “C.J.E. c/ Dirección General de Aduanas – DHL s/ Amparo ley 16.986”, (originario del Juzgado Federal Nº 2

Secretaría “B” de Rosario), del que resulta que:

El Dr. F.L.B.:

  1. - Vinieron los autos a consideración de este tribunal en virtud del recurso de reposición interpuesto por el actor contra el Acuerdo de esta S. del 19 de agosto de 2021 que declaró la nulidad de la notificación del requerimiento del informe circunstanciado respecto de DHL Express Argentina S.A. y de todos los actos consecutivos dependientes de ella y ordenó devolver los autos al juzgado de primera instancia a fin de que la magistrada dicte sentencia en relación a la codemandada DHL Express Argentina S.A. Cumplido ello, deberán volver los autos a esta Alzada a efectos de la tramitación y resolución de los recursos interpuestos por la actora y la codemandada Dirección General de Aduanas contra la sentencia dictada en autos, así como el que, en su caso,

    eventualmente pudiere interponer DHL Express Argentina S.A. contra la sentencia a dictarse en relación a este litisconsorte procesal.

  2. - El actor fundó su planteo en que mediante el Acuerdo cuestionado se resolvió un recurso de nulidad que no fue sustanciado, y que al no haberse concedido el recurso no se encontraba habilitada la instancia, por lo que la resolución impugnada resultaría inoficiosa y debería revocarse.

    Agregó que con su dictado se quebró la imparcialidad de los magistrados y la congruencia procesal porque se resolvió extrapetita, y que si bien la apertura del recurso es de orden público sobre la cual ni los jueces ni las partes pueden disponer, deben imperar las normas procesales, por lo que entendió que la Cámara cometió un gravísimo error.

    Señaló que ya en su escrito presentado el 8 de junio de 2021

    advirtió la falta del pago de la boleta de iniciación del juicio por parte del Dr. Sifone –representante de DHL- cuyo incumplimiento además del aspecto fiscal, atenta Fecha de firma: 18/10/2021

    Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.V., Juez de Cámara Firmado por: F.B., Juez de Cámara Firmado por: A.G., SECRETARIA DE CAMARA

    2

    contra la igualdad de armas en el proceso para litigar, ya que su parte debió pagar y los demás no.

    Expuso que el Dr. Sifone presentó poder por delegación del Dr.

    Saco, por lo que sería...

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