Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 15 de Junio de 2021, expediente CAF 000744/2021/CA001

Fecha de Resolución15 de Junio de 2021
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I

744/2021 CHEN, YOUFANG c/ EN - DNM s/AMPARO POR MORA

Juzg. 12

Buenos Aires, 15 de junio de 2021.- APA

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que la jueza admitió la acción de amparo por mora y ordenó

    a la parte demandada que “resuelva el reclamo que tramita bajo la actuación administrativa N° 21882/2020, dentro del plazo de veinte (20) días hábiles administrativos […]”, en relación con el pedido de “reunificación familiar”

    por nacimiento de hijo argentino efectuado, el 4 de febrero de 2020, en las referidas actuaciones. Impuso las costas a la parte demandada y reguló los honorarios a favor de la letrada de la parte actora (sentencia del 9 de abril de 2021).

    Para así decidir, en síntesis, sostuvo que “en fecha 04/02/20 la amparista formuló ‘Solicitud de regularización Migratoria’ ante la demandada […] en fechas 28/12/20 y 27/01/21 […] solicitó ‘pronto despacho’ de las actuaciones […] en fecha 25/02/21, mediante providencia SDX 660493, la Directora General de Inmigración dispuso elevar las actuaciones a la Dirección Operativa Legal –a los fines de expedirse en el marco del art. 29, in fine, ley 25.871–, siendo esto lo último actuado, sin que a la fecha se haya acreditado ningún acto tendiente a resolver la solicitud de radicación requerida”.

    Finalmente, señaló que “es deber jurídico de la Administración expedirse respecto de la solicitud realizada por la amparista, y sumado a ello el principio de celeridad que debe regir el procedimiento administrativo (art.

    1. ley n° 19.549)” y concluyó que “la acción incoada deviene procedente”.

  2. Que la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) dedujo recurso de apelación con fecha 11 de abril de 2021(replicado el 28 de abril pasado).

    Fecha de firma: 15/06/2021

    Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA

    Fundó sus agravios en que la jueza omitió analizar “el tema decide[n]dum traído a consideración y ello es que NUNCA PUEDE

    IMPUTARSE MORA A LA DIRECCIÓN DE MIGRACIONES por algo que ella no puede resolver […]” y que “es la propia actora que falla el destino de su acción al no dirigir la contienda contra el sujeto que debe decidir su situación […]”.

    Añadió que el expediente administrativo “ se encontró en continuo movimiento solicitando la información necesaria a los fines de determinar si corresponde o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR