Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL, 22 de Noviembre de 2019, expediente FLP 017458/2017/CA001

Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I La Plata, de noviembre de 2019.-

AUTOS Y VISTOS: este expediente FLP 17458/2017/CA1, caratulado “C., J. s/ solicitud carta de ciudadanía”, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 3 de Lomas de Z..

Y CONSIDERANDO QUE:

  1. La sentencia de Primera Instancia de fojas 144 y vta. resolvió

    tener presente la solicitud de archivo para su momento oportuno (conf. art. 55 ley 21.839 y art. 21 ley 6716); reguló los honorarios del Dr. C.D.R.P., en la suma de pesos siete mil ciento noventa y cuatro ($7.194); para el caso de que corresponda, estableció que deberá adicionarse el porcentaje establecido por la ley 23.187 y el pago de la alícuota del IVA, como asimismo los porcentaje establecidos por la ley 23.987 y 6716; fijó el plazo de treinta días para su cumplimiento (art. 49 de la ley 21839); sancionó

    al Dr. R.P. con una multa equivalente al (10 %) de la remuneración que por todo concepto perciba efectivamente un juez de primera instancia (art.18 decreto/ley 1258, modif. por el art.2° de la ley 24.289).

  2. Contra dicho pronunciamiento, a fojas 149 el doctor C.D.R.P. interpuso recurso de apelación, el que fue concedido a fojas 152 y se acompañó memorial de agravios a fs.153/162, advirtiéndose tras dificultosa lectura, que los mismos se circunscriben a la sanción impuesta.

  3. Frente a ello, vale destacar que dicha sanción encontró sustento en la redacción indecorosa y ofensiva del escrito luciente a fojas 143 y vta.

    En dicha presentación, el letrado patrocinante del actor, abogado C.D.R.P., reveló: “…Solicita el archivo ya que mi representado se ha dado por vencido atento a la tenaz obstaculización opuesta por usted en rebelión a la CN en lo que técnicamente se denomina irse al Kharajism…”.

    H., M., La Conducta del Estado Islámico, Cit. p.

    191”: “a. Varios tipos de oposición. De acuerdo con el grado y la naturaleza de la oposición a un gobierno establecido, la siguiente clasificación se propone humillantemente: 1. Base religiosa o Kharajismo”, siendo este el origen de la expresión “irse al carajo”.

    Fecha de firma: 22/11/2019 Alta en sistema: 25/11/2019 Firmado por: JULIO V.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA #29665258#249474910#20191121084517810 El artículo 35 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, relacionado con las denominadas “potestades disciplinarias”, prescribe en su inciso 3 que, con el objeto de mantener el buen orden y decoro en los...

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