Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 27 de Agosto de 2020, expediente CAF 052434/2019/CA001

Fecha de Resolución27 de Agosto de 2020
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV

CAF 52434/2019 “C.G., V.M. Y OTRO c/ PNA

s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO”

Buenos Aires, 27 de agosto de 2020.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, mediante la disposición 741/18, el Sr. Prefecto Nacional Naval declaró la responsabilidad de V.M.C.G., capitán de cabotaje de la Marina Mercante paraguaya, por haber incurrido en la inobservancia del art.

    801.0202, inc. a, del REGINAVE, al haber arrojado al agua envases conteniendo hidrocarburos; y le impuso una sanción de treinta mil unidades de multa (U.M.

    30.000) a la empresa armadora “CARGO LINE PARAGUAY S.A”, por la transgresión a aquella norma, de conformidad con lo estatuido en el art. 801.9904 del mencionado régimen (fs. 96/98).

    Para resolver como lo hizo, la autoridad naval recordó que las actuaciones se habían iniciado a raíz de que, el 12 de marzo de 2015, una patrulla fluvial, que se encontraba realizando tareas operativas en las inmediaciones del KM

    1076 del río Paraná, halló ocultos entre la vegetación siete bidones de plástico que,

    aparentemente, contenían gas oil. Señaló que los recipientes fueron trasladados a la dependencia jurisdiccional para corroborar la composición de la sustancia y que,

    asimismo, se extrajeron muestras de los buques “MARIA A” (Mat. 3387-RE) y “ASUNCION” (Mat. 2307-RE), ambos de bandera paraguaya, que se encontraban navegando por la referida zona en horas previas.

    Puntualizó que el informe técnico del Departamento Científico Pericial comprobó que tanto las muestras recogidas de los bidones encontrados como las del buque “MARIA A” eran de hidrocarburos derivados del petróleo, con características de gas oil, contaminantes del agua.

    Por último, afirmó que, según su declaración indagatoria, el capitán de cabotaje de la Marina Mercante paraguaya, V.M.C.G. se había abstenido de declarar.

  2. ) Que, contra tal disposición, el referido C.G. (fs.

    108/112) y la empresa armadora “CARGO LINE PARAGUAY S.A.” (fs. 116/124),

    interpusieron y fundaron sendos recursos de apelación en los términos del art.

    702.0025 del REGINAVE, cuyos agravios resultan prácticamente idénticos.

    Afirmaron, en primer lugar, que, de conformidad con la ley 18.398, la Prefectura Naval Argentina carece de jurisdicción y autoridad para conocer en el caso debido a que no se trató de un “acaecimiento de la navegación” que hubiese afectado o puesto en peligro al medio ambiente o a otras embarcaciones, presupuesto necesario para su intervención. Al efecto, sostuvieron que aquella fuerza de seguridad no podía invadir la jurisdicción exclusiva de las autoridades de la bandera del buque Fecha de firma: 27/08/2020

    Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA 1

    extranjero, ya que sólo se encontraba facultada para realizar inspecciones extraordinarias en la embarcación y, en el caso de resultar procedente, informar lo ocurrido al respectivo cónsul o representación diplomática mas no aplicar una sanción.

    Por otro lado, alegaron que en el procedimiento sancionatorio se incurrió en una serie de irregularidades que afectaron sus respectivos derechos de defensa. En este sentido, destacaron que no fueron notificados de la citación de la apertura de muestras; y que el acta que constató las que se colectaron a bordo del remolcador no fue suscripta por más de un funcionario, como así tampoco fue ratificada por el firmante.

    En este sentido, la armadora consideró que se había vulnerado su derecho en defensa, toda vez no se la había citado a prestar declaración indagatoria.

    Por último, manifestaron que el suceso denunciado (hallazgo de bidones de hidrocarburos) no encuadraba en el supuesto de hecho de la infracción que se les había endilgado (haber arrojado al agua envases conteniendo...

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