Centurion Torres, Walter Alejandro S/propia Quiebra

Fecha de disposición03 Mayo 2007
Fecha de publicación03 Mayo 2007
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31147

24.522, respectivamente. Se intima a la fallida y a cuantos tengan bienes o documentación de la misma a ponerlos dentro del plazo de cinco días a disposición de la sindicatura. Asimismo, se intima a la fallida para que dentro de las 48 hs. constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del juzgado.

Buenos Aires, 19 de abril de 2007.

Martin Terrero, secretario.

e. 03/05/2007 Nº 544.485 v. 09/05/2007 N° 3

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial número 3, Secretaría Número 5, sito en Av. Callao 635, 6to piso, de Capital Federal, en los autos caratulados 'JOUSSON MIRIAN NOEMI S/ QUIEBRA', pone de manifiesto que se encuentra agregado en autos un proyecto de distribución final y distribución de fondos a fin de que los acreedores tomen conocimiento del mismo, con la prevención de que será aprobado si no se formula oposición dentro del plazo de diez días de la presente publicación. Se deja constancia que en el auto de fecha 21 de febrero de 2007 se regularon los siguientes honorarios de primera instancia: a- los honorarios de la sindicatura, Contadora Publica Nacional Maria Cenatiempo en la suma de $ 2650. b- los de la letrada patrocinante de la fallida Dra. Claudia A. Vera quien intervino hasta fs. 244, en la suma de $ 883. Publíquese edictos por el término de dos días en el Boletín Oficial.

Buenos Aires, 27 de febrero de 2007.

María Virginia Villarroel, secretaria.

e. 03/05/2007 Nº 59.124 v. 04/05/2007 N° 8

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 8, Secretaría Nº 16, sito en Avda.

Roque Saénz Peña Nro. 1211 P.B. de la Cdad. de Buenos Aires, en los autos 'COMPAÑIA DE SEGUROS LA FRANCO ARGENTINA S.A. s/Liquidación Forzosa' --Expte. Nº 58.475--, llama a mejorar la oferta presentada en autos de $ 37,00.por cada acción de las 200 nominativas no endosables que la fallida posee en Compañía Argentina de Seguros de Crédito a la Exportación.- Las ofertas podrán ser presentadas hasta el día 09 de Mayo de 2007 a las 8,30 hs., ante la Secretaría actuaria del Juzgado.- Las aperturas de sobres se realizaran el 09 de Mayo de 2007 a las 10,00 hs., en la sala de audiencias del Juzgado, con la presencia del Síndico y los interesados.Las demás condiciones se encuentran a disposición para ser consultadas en la Secretaria del Juzgado o en la sede de la Sindicatura, calle Balcarce Nro. 298/300 esquina Moreno de la Ciudad de Buenos Aires. El presente edicto deberá ser publicado por el término de un día en el Boletín Oficial de la Nación sin previo pago.

Buenos Aires, 20 de abril de 2007.

María Gabriela Dall'Asta, secretaria.

e. 03/05/2007 Nº 544.418 v. 03/05/2007 N° 10

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 10 a cargo del Dr. Héctor Osvaldo Chomer, secretaría Nº 20 a cargo de la Suscripta, sito en Callao 635 P.B. Cap. Fed., comunica por cinco días que con fecha 10/04/2007 se decretó la quiebra de ESTABLECIMIENTO METALURGICO F.G. S.R.L., en la cual ha sido designada síndico la contadora GRACIELAESTHER PALMAcon domicilio constituido en AVDA. CORDOBA 1351,

PISO 8 CABA., ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes justificativos de sus créditos hasta el 14/06/2007 (ley 24.522: 32) en el horario de 12:00 a 18:00 hs. El informe individual del síndico deberá presentarse el 13/08/2007 y el general el 25/09/2007 (art.35 y 39 de la citada ley). Intímase a la fallida y a terceros para que pongan a disposición del síndico la totalidad de los bienes del deudor en la forma que sea más apta para que dicho funcionario tome inmediata y segura posesión de los mismos. Prohíbese a los terceros hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces.

A los efectos de la realización de bienes déjese constancia que no se realizarán más citaciones que la edictal y que se procederá a la venta en los términos de la L.C.: 217:1, realizándose el patrimonio con inmediata distribución de los fondos entre los acreedores verificados, sin perjuicio de las reservas para los insinuados. Intímase a la fallida...

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