Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 19 de Febrero de 2018, expediente CNT 040918/2012/CA001

Fecha de Resolución19 de Febrero de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 40918/2012 - CENTURION DANIEL SEBASTIAN c/ SINCLAIR SEGURIDAD PRIVADA S.R.L. s/DESPIDO Buenos Aires, 19 de febrero de 2018.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la perito contadora a fs. 239 por estimar reducidos los honorarios que le fueron regulados a fs. 238.

Y CONSIDERANDO:

Cabe mencionar que esta S. tiene dicho que, a fin de regular los honorarios profesionales, corresponde tener en cuenta las pautas previstas por el art. 6 y siguientes de la ley 21.839 mod. por la ley 24.432 y dec.

16.638/57 y en especial art. 38 LO y art. 13 de la ley 24.432 que contemplan una facultad de ejercicio excepcional para regular honorarios en una suma diferente a las que resultasen de la aplicación de los aranceles profesionales respectivos sin atender a los montos o porcentuales mínimos establecidos en los regímenes arancelarios nacionales o locales que rijan su actividad y que requiere apoyo en una resolución fundada (cfr. Fallos 313:279 y, esta Sala IX in re “C.G. c/ Expreso Interurbano SRL s/ despido” SD 3378 del 31/3/98, entre otros).

Por ello, teniendo en cuenta los alcances de las normativas arancelarias a la que aludiera precedentemente, el monto del proceso, la naturaleza y complejidad del mismo, el resultado del litigio y el mérito de las labores de los profesionales intervinientes apreciadas por la calidad, eficacia y extensión de los trabajos realizados, se juzga razonable elevar los honorarios regulados a la perito contadora a la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS ($1.500-.) a valores del presente...

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