Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 1 de Octubre de 2019, expediente CNT 015869/2019/CA001

Fecha de Resolución 1 de Octubre de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Causa N°: 15869/2019 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VII SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 48177 CAUSA Nº 15.869/2019 - SALA VII – JUZGADO Nº 15 Autos: “CENTAURO SPC S.R.L. c/ DOMINGUES, A.M. s/ CONSIGNACIÓN”

Buenos Aires, 1 de octubre de 2019.

VISTO:

El recurso de apelación deducido por la actora a fs.13/14vta. contra la resolución de fs.12/12vta..

Y CONSIDERANDO:

I) Que la Sra. Juez de primera instancia consideró que conforme lo dispuesto en el art. 24 de la ley Nº 18.345 -y, como en el caso no se denunció

como configurada ninguna de las circunstancias indicadas en esa norma que habilitaran nuestra aptitud jurisdiccional-, era incompetente para conocer en las presentes actuaciones y esto fue apelado.

II) Que atento la índole de la cuestión traída a conocimiento de este Tribunal, le fueron remitidas las actuaciones, por lo que emitió dictamen el Sr.

Fiscal General Interino, cuyos fundamentos se comparten y se dan por reproducidos por razones de brevedad.

III) Que el art.26 de la ley 24.635 atribuye la competencia a esta Justicia Nacional del Trabajo, aún con prescindencia del cumplimiento de los recaudos exigidos en el art. 24 de la L.O. y en el sub lite se configura el supuesto de hecho contemplado en aquella norma.

Que en el caso nos encontramos ante una acción que, en definitiva, persigue el cumplimiento del acuerdo conciliatorio homologado por el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria de esta jurisdicción y, en consecuencia, la aptitud jurisdiccional de este Fuero está dada directamente por la previsión normativa aludida (art. 26 de la ley 24.635)

Que, corresponde, entonces, revocar lo resuelto a fs.12/12vta. y declarar la aptitud de esta Justicia Nacional del Trabajo para conocer en las presentes actuaciones.

IV) Que cabe también imponer las costas de alzada en el orden causado atento la índole de la cuestión traída a conocimiento de este...

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