Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 10 de Agosto de 2021, expediente CNT 087976/2016/CA001
Fecha de Resolución | 10 de Agosto de 2021 |
Emisor | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA VI
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
SALA VI
Expediente Nro.: CNT 87976/2016
(Juzg. N° 23)
AUTOS: “CEÑAL, K.J. C/ RUBINZAL CULZONI S.A. C/
DESPIDO”
Buenos Aires, 9 de agosto de 2021.
VISTO:
El acuerdo conciliatorio presentado digitalmente el 05/07/2021, agregado en el sistema Lex 100 con fecha 06/07/2021, ratificado por la actora el 06/07/2021, y lo manifestado por esta última con fecha 07/07/2021;
Y CONSIDERANDO:
Que la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda entablada, ha sido apelada por la parte actora y por la parte demandada, según los memoriales digitalizados el 25/11/2020 y el 30/11/2020, respectivamente, que fueron replicados virtualmente por la accionada el 01/12/2020 y por el demandante el 02/12/2020.
Que del acuerdo conciliatorio presentado con fecha 05/07/2021 surge: a) Que la parte actora reajusta su reclamo a la suma, total y única de $1.174.909 (PESOS UN MILLON CIENTO
SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NUEVE) imputables a los rubros indemnizatorios, desistiendo de los demás rubros reclamados. b) La parte demandada RUBINZAL CULZONI S.A. sin Fecha de firma: 10/08/2021
Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA INTERINA
que implique reconocimiento de hechos y derechos, y al sólo efecto conciliatorio acepta dicho reajuste y se obliga a pagar esa suma, mediante transferencia bancaria al Banco de Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Tribunales, a la cuenta de autos y a la orden de V.S, previa homologación judicial en 4 (CUATRO)
cuotas conforme a los montos y cronograma de pago que seguidamente se detallan: a) 1º cuota de $ 293.727,25 vencerá
en fecha 02/08/2021 b) 2° cuota de $ 293.727,25 vencerá en fecha 02/09/2021 c) 3º cuota de $ 293.727,25 vencerá en fecha 04/10/2021 d) 4º cuota de $ 293.727,25 vencerá en fecha 02/11/2021 Una vez percibido en tiempo y forma el importe total, la actora nada más tendrá que reclamar a la demandada en relación al objeto de la presente litis. c) RUBINZAL
CULZONI S.A reconoce honorarios a la representación letrada de la parte actora en su conjunto y por toda instancia, por la suma de $ 234.982 (PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL
NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS) + IVA, pagaderos junto con la primera cuota del capital acordado, mediante transferencia bancaria a la cuenta del Banco Santander Rio S.A. CBU n°
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