Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 13 de Febrero de 2008, expediente P 74465

Fecha de Resolución13 de Febrero de 2008
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 13 de febrero de 2008, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores G., P., Hitters, de L., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa P. 74.465, "R. , W.F. . Robo calificado".

A N T E C E D E N T E S

La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal y Garantías del Departamento Judicial de Mercedes condenó a W.H.R. a la pena de cinco años de prisión, accesorias legales y costas, como autor responsable del delito de robo agravado por el uso de arma.

El señor defensor particular del procesado interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley .

Oído el señor S. General, dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor J. doctorG. dijo:

  1. El señor defensor denuncia la violación del principio de congruencia. Sostiene que "la correlación que debe existir entre la acusación y la sentencia" permite que "se perfeccione el derecho de defensa" (fs. 245), y que en el caso, en cuanto a la calificación legal del ilícito, "ha quedado corroborado" que el arma "jamás existió" y "esa mala calificación limita la actividad de la defensa en juicio respecto de la pertinencia de la prueba con relación al objeto procesal determinado" (fs. cit.).

    Cuestiona los dichos de la víctima, sosteniendo que se contradicen con lo declarado por el imputado (fs. 245 vta.).

    También impugna el acta de secuestro del arma, reclamando su nulidad, basándose en que "antes de proceder a la inspección del vehículo robado, el rodado es movido a unos metros por personal policial porque estaba obstruyendo la vía del peaje, y recién luego se llama a uno de los testigos para realizar la inspección del vehículo, tomando sólo los datos personales del otro sin que estuviera presente en la inspección del vehículo", confeccionándose el acta a kilómetros de distancia (fs. 246).

    Concluye que debe considerarse la declaración de su defendido, quien refirió "que no poseía arma al momento del hecho" (fs. 246).

  2. El recurso debe ser rechazado.

    En cuanto a la invocada transgresión del principio de congruencia, no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR