Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 19 de Octubre de 2012, expediente 63.340

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2012

SALA "A"

F~EGISTRADO BAJO EL

N° ~J3 FOLIO 901 AÑO QoI.2

"INCIDENTE DE APELACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE ARCHIVO

PARCIAL DE FECHA 22/6/2012. CAUSA NRO. 33912007 (687)

CARATULADA: "OBRA SOCIAL BANCARIA ARGENTINA SOBRE

INFRACCIÓN LEY 24.769"

CAUSA N° 63.340, FOLIO N° 191, N° DE ORDEN 28.028, JUZGADO

PENAL TRIBUTARIO N° 2, SALA "A".

cb (me!)

I.A., 4 de octubre 2012.

VISTO:

El recurso de casación del F. General contra la resolución del tribunal que declaró mal concedido un recurso de apelación interpuesto contra una providencia del juez que mandó a archivar las actuaciones.

Y CONSIDERANDO:

Que la decisión recurrida no constituye sentencia definitiva, no pone fin ..J

« a la acción o a la pena y tampoco hace imposible la continuación de las -

o -

LL

actuaciones. Por el contrario lo resuelto por el tribunal señala que la o providencia del juez carece de consecuencias.

o en Que tampoco esa resolución deniega la extinción, conmutación o ::J

suspensión de la pena, por lo que no es susceptible del recurso interpuesto (conf. arto 457 del Código Procesal Penal de la Nación).

Por lo que SE

RESUELVE:

NO HACER LUGAR al recurso de casación.

R., notifiquese y devuélvase.

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