Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 22 de Agosto de 2007, expediente A C101809

Fecha de Resolución22 de Agosto de 2007
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

Ac. 101.809 "F., M.R.. Medida de abrigo. Inc. de comp. e/ Trib. de Menores nº 1 y Trib. de Familia nº 1 de Quilmes".

//Plata, 22 de Agosto de 2007.

AUTOS Y VISTO:

  1. Se iniciaron estas actuaciones por la comunicación efectuada por el "Servicio Zonal Sur de Promoción y Protección de Derechos del Niño" del Ministerio de Desarrollo Humano de esta Provincia, ante el Tribunal de Menores nº 1 en turno de Quilmes, dando cuenta de la medida de abrigo que dispusiera respecto de la menor M.R.F., adjuntando copias de las actuaciones producidas (fs. 2/61).

    Según surge de las piezas acompañadas, esa medida fue adoptada a pedido de la Asesora de Menores nº 3 de la misma jurisdicción, cuya intervención fue requerida por las señoritas P. A. y N.C.F., hermanas de la niña, quienes expusieron la situación por la que atravesaría la menor al estar conviviendo con su madre, B.E.A., quien, según alegan, padece trastornos psiquiátricos con intento de suicidio por los que estuvo internada (fs. 3/4; 53/57).

    Por tal motivo, se dispuso que la infante conviva con sus hermanas durante el término de treinta días, estableciéndose un régimen de visitas en favor de su progenitora, el que se amplió a posteriori (fs. 29 y 32). Asimismo, se informó la disconformidad expuesta por la progenitora con la medida adoptada, alegando la violación del convenio de tenencia suscripto y otras constancias de expedientes que tramitan ante el Tribunal de Familia nº 1 de esa localidad (fs. 30 y vta.), a saber, "A., B. E. c/ F., A. B. s/ Alimentos" (nº 42.018/2006) y "A., B. E. c/ F., A.B. s/ Medidas precautorias" (fs. 46).

    El citado órgano resolvió no tomar intervención en relación a la menor de autos, declinando su competencia en virtud de que se encontraba entendiendo el Tribunal de Familia nº 1 de la misma jurisdicción respecto de la tenencia de la misma, el que, además, lo hacía en los autos "A., B. E. c/ Subsecretaría de Promoción y Protección de los Derechos del Niño. Servicio Zonal Sur s/ Nulidad de acta de compromiso. Nulidad de medida de abrigo. Inmediata restitución de menor" y le remitió las actuaciones (fs. 63/64 vta.).

    A su vez, el requerido, con expresa mención de su inhibitoria en favor del fuero de menores en los autos sobre nulidad arriba identificados, rehusó su competencia y las elevó (fs. 65/66)...

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