Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 16 de Octubre de 2007, expediente 9 45

Fecha de Resolución16 de Octubre de 2007
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

En la ciudad de General San Mart�n, a los 16 d�as del mes de octubre de 2007 se re�nen en acuerdo ordinario los se�ores jueces de la C�mara de Apelaci�n en lo Contencioso Administrativo con asiento en San Mart�n, estableciendo el siguiente orden de votaci�n de acuerdo al sorteo efectuado: H.J.E., J.A.S. y A.M.�a B., para dictar sentencia en la causa N� 945/07, caratulada "BENITEZ, FRANCISCA C/ RISI, VICENTE Y OTRO/A S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS".-

ANTECEDENTES
  1. A fs. 3/4 la Sra. F.B.�tez, con el patrocinio letrado del Dr. S.O.B., inici� � con fecha 19 de julio de 2006 � demanda con el objeto de obtener B.eficio de L. sin Gastos a fin de accionar contra el Sr. V.R. y contra la Municipalidad de La Matanza por da�os y perjuicios.-

  2. A fs. 6 el a-quo, atento a la manifestaci�n efectuada en el escrito liminar respecto a que la actora no sab�a firmar (estamp� su impresi�n d�gito pulgar sin firma a ruego u otra forma de ratificaci�n), cit� a la Sra. B.�tez a una primera audiencia a la que deb�a comparecer munida de documento de identidad y junto con dos testigos a fines de proceder a la ratificaci�n de sus t�rminos.-

  3. A fs. 7 el Juez de Primera Instancia intim� al actor para que dentro del plazo de cinco (5) d�as de notificado produzca actividad procesal �til, bajo apercibimiento de lo dispuesto por los arts. 62 CPCA y 316 CPCC.-

  4. A fs. 9/9 vta. el a-quo resolvi� declarar perimida la instancia en las presentes actuaciones (arts. 77 inc. 1� CCA; 310, 315 y 316 del CPCC).-

    Para as� decidir, consider� que la �ltima actuaci�n que tuvo por efecto impulsar el procedimiento fue la resoluci�n de fecha 11 de agosto de 2006 (por la cual se cit� a la actora a una audiencia preliminar) y que, habiendo transcurrido en exceso el plazo fijado por el art. 62 del CPCA, la actora no impuls� el proceso pese a estar debidamente intimada a ello. En virtud de lo expuesto entendi� producida la caducidad de la instancia.-

    Asimismo, impuso las costas en el orden causado atento a la falta de bilateralidad y a las circunstancias particulares del caso.-

  5. La Sra. B.�tez interpuso contra dicho pronunciamiento recurso de revocatoria con apelaci�n en subsidio (ver presentaci�n de fs. 10/10 vta.).-

    Mediante su presentaci�n manifest� que la resoluci�n le causa un agravio totalmente irreparable en virtud de que � al ser una persona de escasos recursos econ�micos - no puede afrontar los costos y costas del juicio iniciado. Explic� que hab�a perdido todo contacto con su estudio jur�dico por encontrarse internada en un geri�trico para personas de edad avanzada y que pudieron contactarla por medio de un familiar cercano.-

  6. A fs. 11/12 el a-quo resolvi� rechazar in-limine el recurso de reposici�n y elevar las actuaciones ante este Tribunal a...

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