Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 18 de Marzo de 2009, expediente B 64150

Fecha de Resolución18 de Marzo de 2009
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 18 de marzo de 2009, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores N., P., K., S., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para dictar sentencia definitiva en la causa B. 64.150, "González, H.O. contra Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía de la Provincia de Buenos Aires. Demanda contencioso administrativa".

A N T E C E D E N T E S
  1. En autos, el señor H.O.G. promueve acción contencioso administrativa contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía de la Provincia de Buenos Aires a fin de que se dejen sin efecto los actos que desestimaron su solicitud tendiente a que se reconozca como remunerativa y computable en el haber básico sobre el que se calcula el monto del beneficio previsional del que es titular, la suma establecida en los decretos 86/1997 y 1014/1997 correspondiente a la jerarquía con la que el haber se le liquida, a la que se le deberán agregar todos los suplementos y/o adicionales que se le relacionan y, consecuentemente, pide que se condene al pago de las diferencias devengadas desde la vigencia del mencionado decreto y los intereses, calculados también desde que cada diferencia se devengó hasta la fecha del efectivo pago.

  2. A fs. 20/23 las partes presentan un acuerdo transaccional de pago celebrado conforme las disposiciones de la ley 13.437 (Plan de Saneamiento de deudas con el personal pasivo Policial y Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires) y su decreto reglamentario 2124/2006 conforme al cual el beneficiario acepta la cancelación de cualquier acreencia que mantuviera o alegara mantener contra la Provincia de Buenos Aires en general, con relación a la aplicación del decreto 1014/1997 o de cualquiera o todas sus prórrogas dispuestas por decretos 23/1998, 237/1999, 1192/2002, 80/2003 y 196/2004, mediante la ejecución de una propuesta de pago que la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires formula y el beneficiario acepta.

Se estima un monto que surge de aplicar las disposiciones del decreto 1014/1997 al escalafón con que el beneficiario/agente haya obtenido su beneficio previsional y por el tiempo que aquél resulte aplicable al 30 de junio de 2004; sobre dicho monto se acuerda una quita del cuarenta y cinco por ciento (45%); a partir del...

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